Centro privado
PASEO de la Alameda de Osuna 17
28042 Madrid
Madrid
Descubre el curso de Técnico Superior en Radioterapia y conviértete en un profesional esencial en el tratamiento oncológico. ¡Infórmate ahora y da el paso hacia tu futuro!
Curso dirigido a:
A todas aquellas personas que quieran ejercer su actividad profesional en el sector de la Sanidad, especialmente orientados a la Radioterapia. Especialidad bien remunerada y con alta inserción laboral.
Algunas de sus salidas profesionales más directas:
Consigue tu título oficial de FP de Técnico superior en Laboratorio de análisis y Control de Calidad y conviértete en el compañero que todo el mundo en la empresa va a querer tener a su lado. Ya sea como formación única o complementaria, este título te pone por delante de los demás.
Curso dirigido a:
Este grado superior de FP Para todas aquellas personas que desean convertirse en grandes profesionales y garantizar su estabilidad laboral.
Algunas de las profesiones a las que te permite acceder este Grado Superior de FP son:
El curso de Técnico Superior en Promoción de Igualdad de Género te capacita para diseñar y desarrollar intervenciones que fomenten la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres, aplicando estrategias de prevención y sensibilización. Aprende a detectar y abordar situaciones de discriminación, promover el empoderamiento de las mujeres y prevenir la violencia de género. Formación teórica y práctica para transformar tu compromiso con la igualdad en una carrera profesional.
Curso dirigido a:
El sector de la igualdad de género es vital para la construcción de una sociedad más justa. Con este título, estarás preparado para una amplia gama de trabajos.
Se puede conseguir distintas especializaciones, mediante un periodo de adaptación y adiestramiento, determinadas por:
El alumnado se puede matricular en un mismo curso de un ciclo de Formación Profesional un máximo de tres veces.
Los ciclos formativos, tanto de grado medio como de grado superior, que se ofertan a distancia tienen 2000 horas de duración, en el caso de la modalidad presencial tienen una carga horaria lectiva de 1000 horas por curso escolar. Aunque una de las ventajas de la modalidad a distancia es que se realiza con una total autonomía y flexibilidad en el aprendizaje, la superación de estos módulos requerirá de un trabajo y esfuerzo similar, por lo que se debe valorar el número de módulos que el alumnado podrá asumir así como su carga horaria equivalente en la modalidad presencial y su posible grado de dificultad, para poder así compatibilizar las enseñanzas con su disponibilidad
Dentro de la oferta formativa se podrá consultar las horas lectivas asociadas a cada módulo profesional antes de realizar la matriculación. No es aconsejable matricularse de un conjunto de módulos profesionales asociados a una carga lectiva superior a la disponibilidad horaria de la persona interesada.
Es importante recordar que, al convivir distintas ofertas formativas, tanto de Comunidades Autónomas como del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, el cuándo y el cómo hacer la inscripción y/o matrícula ha de consultarlo en cada Administración Educativa, ya que, todo lo relativo al procedimiento de admisión de alumnos (tasas, documentación, requisitos específicos, etc.) y el calendario con las fechas de inscripción y matrícula lo fija cada una de ellas.
Este alumnado tendrá prioridad para cursar un 1º de ciclo formativo de FPB, siempre que reúna las condiciones de edad. Recibirá una certificación de los módulos aprobados del PCE/PCP.
a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.
b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.
c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.
A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.