Centro privado
Manuel Altolaguirre, 15
29003 Malaga
Málaga
Este título superior de Guía, información y asistencia turísticas te ofrece la posibilidad de conseguir una profesión en el mundo del turismo y la hostelería con el que tendrás importantes oportunidades laborales. La FP de Grado Superior te abre las puertas del mercado laboral.
Curso dirigido a:
A ejercer tu actividad profesional en el sector de la hostelería y turismo público y privado, en empresas privadas del sector o creando tu propia empresa. Estas son solo algunas de sus salidas profesionales: Jefe de oficinas de información turística Promotor turístico Asistente de publicidad y promoción Técnico en planificación turística local Traductor Guía de turismo Relaciones públicas Informador turístico Técnico en organización de ferias y eventos Investigador de mercados turísticos Dinamizador de núcleos y destinos turísticos
¿Crees tener dotes comerciales y/o de marketing? Si es así no dejes escapar la oportunidad de sacarle el máximo rendimiento a tus aptitudes, ahora con el título oficial FP, Técnico superior en gestión comercial y marketing obtendrás todos los conocimientos para triunfar y conseguir ese puesto de trabajo soñado.
Curso dirigido a:
A todas aquellas personas que entre algunas de sus aspiraciones profesionales se encuentren; Product Manager. Técnico de compra. Brand Manager. Técnico de venta. Técnico de nuevas instalaciones. Merchandiser. Encargado de almacén. Ayudante del jefe de logística. Coordinador jefe de grupo de representantes. Jefe de Ventas. Técnico de Marketing. Técnico en trabajos de campo de investigación comercial.
Con este curso de FP a distancia de grado superior y el título oficial que posteriormente te podrás sacar acreditarás todas las competencias profesionales para trabajar en este sector en expansión.
Curso dirigido a:
Estas son algunas de las salidas laborales que te brindarán este curso de FP grado superior: Analista de agua en laboratorios. Encargado de recuperación en Industria Papelera. Seguridad medioambiental en fabricación. Este perfil se puede especializar en depuración de aguas, reciclaje de residuos y control de emisión de contaminantes a la atmósfera. Este profesional puede realizar su actividad en: Depuración de aguas urbanas, industriales y residuales. Control de contaminación: emisiones a la atmósfera, ruido y vibraciones. Reciclaje, tratamiento y control de residuos urbanos, industriales y agrícolas. Esta actividad se puede realizar en: Empresa privada: Industria Química en plantas de tratamiento de aguas y de reciclaje de residuos u otras industrias que así lo precisen. Laboratorios de la Industria Química o de otras industrias en las que se produzcan efluentes que incidan en el medio ambiente. Consultora de medio ambiente. Administración Pública: Departamentos y Áreas de Medio Ambiente de Ayuntamientos, Comunidades Autónomas y Ministerios.
Puede permanecer como máximo cuatro años, dos años por cada curso de FPB.
La evaluación del aprendizaje del alumnado que cursa la formación profesional Dual tendrá un carácter continuo y formativo y se realizará por módulos profesionales.
La evaluación del alumnado será responsabilidad de los profesores de los módulos profesionales del centro, teniendo en cuenta las aportaciones de los tutores de la empresa y el resultado de las actividades desarrolladas en la misma, en base a los resultados de la observación en el puesto de formación y la ejecución de otras actividades que se puedan acordar entre el alumno, el centro educativo y la empresa.
a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.
b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.
c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.
A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.