Si quieres acceder a uno de los Ciclos Formativos de Grado Superior en Madrid y tienes al menos 19 años de edad o los cumples durante este año (o 18 años de edad o los cumples durante este año si has superado un ciclo formativo de grado medio de la misma Familia Profesional o de otra relacionada con la misma), puedes presentarte a la prueba.
En ella, deberás acreditar tu madurez para superar los estudios de FP del Grado Superior que hayas elegido.
Constará de dos partes: Parte común y Parte específica. Los contenidos aparecen en la Resolución de 17 de agosto por la que se establece el currículo de las materias que forman parte de las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio y de grado superior de Formación Profesional y de los cursos preparatorios de las mismas en Madrid.
Família Profesional | Materia 1 | Materia 2 |
---|---|---|
Humanidades y C. Sociales | Economía de la Empresa | Geografía |
Ciencias | Biología | Química |
Tecnología | Física | Dibujo técnico |
Estarán exentos de la realización de toda la prueba quienes hayan superado la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años. También se contemplan exenciones para la Parte Común o en su caso, del apartado que corresponda y para la Parte Específica o en su caso, del apartado que corresponda.
La normativa sobre exenciones aparece en el artículo 12 de la Orden de 31 de marzo por la que se regulan las pruebas de acceso a ciclos formativos en Madrid.
La inscripción para las pruebas libres será entre los días 4 y 14 de Mayo.
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Los plazos de las pruebas libres son siempre en épocas diferentes a los de la matrícula ordinaria y también variables de una comunidad a otra.
Es importante destacar que, al ser una modalidad más de Formación Profesional, es cada comunidad la que decide qué títulos se ofrecen mediante pruebas y no todos los títulos se convocan anualmente. También hay comunidades que no tienen esta opción de pruebas libres. Algunas hacen convocatoria únicamente de títulos antiguos LOGSE, otras de los nuevos (LOE), y otras de ambos sistemas.
No se pueden simultanear dos o más estudios, en régimen oficial y a tiempo completo en centros oficiales sostenidos con fondos públicos, excepto si se trata de enseñanzas de música, danza, enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, enseñanzas oficiales de idiomas o enseñanzas deportivas.
El certificado de profesionalidad se puede obtener a través de las siguientes vías:
El órgano competente para expedir los certificados de profesionalidad, sea cual sea la vía seguida para su obtención, es la Administración Laboral y no la Administración Educativa, con lo cual, si se han cursado enseñanzas de Formación Profesional que den lugar a la obtención de certificados de profesionalidad habrá que presentar ante dicha Administración Laboral el certificado de estudios correspondiente.
Los títulos de Formación Profesional se consiguen cursándolos. Otra cuestión es la posibilidad de acreditar la experiencia laboral para, si desea obtener un título de FP, poder convalidar esa experiencia por determinados módulos de dicho título.
Le resumimos las fases de que consta:
El procedimiento consta de tres fases. Una primera fase de asesoramiento en la que un asesor del ámbito docente o profesional ayudará al candidato a recopilar toda la documentación correspondiente a las competencias que quiera acreditar y a preparar su currículum y dossier personal. Una segunda fase donde se evaluará la competencia profesional y en la que el candidato tendrá que demostrar su capacidad para desarrollar dichas habilidades, y la última fase, donde se acreditará y se registrarán las competencias profesionales que hayan superado.
Es importante destacar que mediante este procedimiento no se obtiene ningún título de Formación Profesional sino que se acreditan X unidades de competencia y al finalizar el mismo, si se desea obtener dicho título, determinados módulos profesionales (asociados a esas unidades de competencia) ya no tendrá que cursarlos y sólo necesitará hacer el resto de los que componen cada ciclo formativo.
Puede ver también aquí lasconvocatorias que pueden servirle para conocer aspectos detallados del procedimiento y las ocupaciones concretas que se han ido convocando por parte de las diferentes administraciones autonómicas, que son las encargadas de llevar a cabo todo el proceso.
El procedimiento de acreditación es un procedimiento extraordinario en el que las Comunidades Autónomas deben dar preferencia a aquellas necesidades de titulados en función de los requerimientos de los sectores productivos de su zona. Esa es la razón de que no se hagan convocatorias de acreditación en fechas fijas ni para todas las unidades de competencia.