Titulo para el futuro: Formación Profesional

Los titulos de Formación Profesional constituyen un aspecto fundamental del desarrollo de la vigente normativa.

Los ciclos formativos de estos títulos deben tomar como referencia las necesidades de cualificación del sistema socioproductivo y, en consecuencia, enfocarse desde la perspectiva de la adquisición de la Competencia Profesional, es decir, el conjunto de capacidades necesarias para desempeñar "roles" en situaciones de trabajo a los niveles requeridos en el empleo.

Esta demanda del sistema productivo de cursos FP viene determinada por los cambios sociales producidos en los últimos años: La crisis del pleno empleo y la reestructuración del mercado de trabajo, el incremento y la creciente variedad de los servicios sociales, la aparición de nuevos campos profesionales, el desarrollo tecnológico, la implantación y generalización de nuevas tecnologías, la rápida obsolescencia de los equipamientos y de las técnicas, la automatización creciente de los procesos productivos y las nuevas formas de organización y gestión administrativa.

Los mencionados cambios sociales reclaman, pues, un sistema de Formación Profesional que reúna ciertos requisitos fundamentales:

  • Flexibilidad, para adaptarse a las necesidades y demandas del entorno productivo.
  • Agilidad y capacidad de respuesta a los desafíos del acelerado cambio tecnológico, así como al cambio en las demandas del mercado de trabajo.
  • Polivalencia, para facilitar la promoción de las personas.
  • Autorregulación, mediante principios de ordenación.
  • Vinculación con el sistema productivo.

La FP pretende que las titulaciones profesionales acrediten a las personas, además de un nivel de formación, una cualificación profesional. Esto significa pasar de un sistema que tradicionalmente ha acreditado formación a otro que además acredite competencia profesional.

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Preguntas Frecuentes

¿Cuándo y dónde tengo que hacer la matrícula en las pruebas libres de FP?

Los plazos de las pruebas libres son siempre en épocas diferentes a los de la matrícula ordinaria y también variables de una comunidad a otra.

Es importante destacar que, al ser una modalidad más de Formación Profesional, es cada comunidad la que decide qué títulos se ofrecen mediante pruebas y no todos los títulos se convocan anualmente. También hay comunidades que no tienen esta opción de pruebas libres. Algunas hacen convocatoria únicamente de títulos antiguos LOGSE, otras de los nuevos (LOE), y otras de ambos sistemas.

¿Qué requisitos de acceso necesito para poder estudiar un ciclo medio de Formación Profesional?

PARA CURSAR UN CICLO FORMATIVO DE GRADO MEDIO SE NECESITA:

  • Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o de un nivel académico superior.
  • Estar en posesión de un Título Profesional Básico (Formación Profesional Básica).
  • Estar en posesión de un título de Técnico o de Técnico Auxiliar o equivalente a efectos académicos.
  • Haber superado el segundo curso del Bachillerato Unificado y Polivalente (BUP).
  • Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio (se requerirá tener, al menos, diecisiete años, cumplidos en el año de realización de la prueba).
  • Haber superado la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años
  • Haber superado la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años

¿Un alumno o una alumna que supere un ciclo formativo de FPB puede obtener el Título de ESO?

Si, siempre y cuando supere la reválida de 4º de la ESO por cualquiera de sus vías.

Si en el centro en el que está escolarizado actualmente un alumno o una alumna hay oferta de ciclos de FPB y a este o esta le interesa cursar otro título implantado en otro centro, ¿puede escolarizarse en ese otro centro?

El alumno o la alumna obligatoriamente tiene que solicitar en primer lugar un ciclo formativo de FPB en un centro de adscripción preferente, teniendo prioridad en el de su propio centro. Podrá solicitar también otros ciclos formativos de FPB de otros centros, pero podrá acceder siempre y cuando haya plazas libres después de la escolarización del alumnado al que le corresponda por preferencia, sabiendo que no tendrá derecho al transporte en caso de tratarse de un centro no preferente.

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