Pruebas libres de FP en Andalucia 2010

Pruebas libres FP Grado Superior Andalucia

¿No tiene título de Formación Profesional (FP) porque no pudo acabar sus estudios? ¿Le gustaría conseguirlo? La Consejería de Educación de Andalucía ha convocado las pruebas libres para obtener títulos de FP.

Con esta medida se ofrece la oportunidad a los que carecen de titulación, de ver reconocida su cualificación profesional.

Los requisitos para participar en las pruebas libres son tener 18 años cumplidos (para conseguir los títulos de Técnico o el Grado Medio de FP) o 20 años (para los de Técnico Superior o Grados Supreiores de Formación Profesional).

Los aspirantes deben disponer del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (ESO) o Bachillerato, entre otros requisitos.

En septiembre

Las pruebas, que se desarrollarán entre el 3 y el 12 de septiembre, persiguen evaluar y acreditar oficialmente las competencias a aquellas personas que no hayan podido culminar sus estudios de FP.

Se han convocado pruebas en módulos profesionales correspondientes a un total de 13 titulaciones (ocho de Grados Superiores y cinco de Grados Medios), aunque también se han establecido cuatro nuevas: Gestión y Organización de los Recursos Naturales y Paisajísticos, Carrocería, Cuidados Auxiliares de Enfermería y Salud Ambiental.

Más información en la Consejería de Educación de Andalucía o en el apartado de pruebas libres de FP en Andalucia de nuestra web.

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Preguntas Frecuentes

¿Qué se aprende en la Formación Profesional?

En primer lugar, y sobre todo, se aprende a ejercer de forma cualificada la profesión correspondiente a los estudios realizados. Pero además, e independientemente de los estudios que se cursen, también se aprenden otras cuestiones, como por ejemplo:

– Comprender la organización y las características del sector productivo y los mecanismos de inserción profesional.

– Trabajar y aprender por sí mismos y en equipo.

– Prevenir y resolver de forma pacífica los conflictos que puedan surgir en el trabajo, en su vida personal, familiar o social.

– Conocer la legislación laboral, sus derechos y obligaciones.

– Trabajar en condiciones de seguridad y salud.

– Adaptarse a la evolución y cambios que se van produciendo en el sistema productivo y en la sociedad.

– Afianzar el espíritu emprendedor para el desempeño de actividades e iniciativas empresariales.

– Respetar y fomentar la igualdad efectiva de oportunidades entre hombres y mujeres.

– Conocer y prevenir los riesgos medioambientales.

– Prepararse para progresar en el sistema educativo si quiere continuar estudiando.

¿Cómo puedo saber qué módulos profesionales de un Ciclo podría convalidar?

Los módulos profesionales convalidados se calificarán con un 5, a efectos de obtención de la nota media.

Siempre que exista normativa vigente a aplicar, estas convalidaciones debe resolverlas la dirección del centro educativo donde el/la solicitante se haya matriculado, en caso contrario, deben ser resueltas, de forma individualizada, por la Dirección General de Formación Profesional del Ministerio de Educación.

¿Cuáles son los criterios que establecen la preferencia entre los aspirantes a los ciclos de Formación Profesional?

  1. Para los ciclos de grado medio, la nota media del expediente académico.
  2. Para los ciclos de grado superior, en primer lugar se tiene en cuenta la modalidad y materia de Bachillerato cursada y en segundo lugar la nota media del expediente académico.
  3. En el caso de la Formación Profesional a distancia o semipresencial, se tiene en cuenta la experiencia profesional relaciona con los estudios a realizar y la nota media del expediente académico.

¿Qué centros de FP están autorizados para ofertar proyectos de Formación Profesional Dual?

Aquellos centros de Formación Profesional , tanto públicos como privados, que habiendo presentado la debida solicitud de autorización, establezcan convenios de colaboración con empresas del sector correspondiente, en tiempo y forma en su Consejería competente en materia de Educación, hayan sido aprobados por las autoridad correspondiente, de acuerdo con lo que determine la normativa autonómica.

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