FP de Grado Superior para trabajadores en Navarra

El Gobierno de Navarra abre mañana el plazo para que los trabajadores en activo se puedan inscribir en los ciclos de FP para el curso 2010-2011, y obtener una titulación oficial de Formación Profesional de Grado Medio o de Grado Superior siempre que acrediten al menos dos años de experiencia profesional.

En total se ofrecen seis titulaciones, tres de ellas de grado medio (técnico en atención sociosanitaria, técnico en jardinería y técnico en electromecánica de vehículos) y otras tres de Formación Profesional grado superior (técnico superior en integración social, restauración y técnico superior en instalaciones electromecánicas).

Los candidatos deben tener 20 años cumplidos antes de finalizar 2010, estar en posesión de los requisitos académicos necesarios para acceder a la FP de Grado Medio o la FP de Grado Superior y acreditar una experiencia laboral de al menos dos años a jornada completa o su equivalente en horas y relacionada con el título de Técnico o Técnico Superior que se desea cursar.

Además, para quienes no reúnan los requisitos académicos existe la posibilidad de optar a esta FP superando una pruebas libres de acceso, de manera que demuestren que poseen conocimientos suficientes para afrontar los grados medios o grados superiores.

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Preguntas Frecuentes

¿Qué implica el módulo de Formación en Centros de Trabajo?

El currículo de los ciclos formativos incluye siempre un módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo, cuya superación es requisito imprescindible para obtener el título.

El módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo (FCT) tiene carácter formativo, y no laboral y, por tanto, no conlleva relación contractual entre el alumno y la empresa. El estudiante no ocupará un puesto de trabajo, sino que pasará por distintas ocupaciones, de acuerdo con el plan de formación que hayan diseñado para él conjuntamente, el tutor del centro educativo y su tutor en la empresa.

El módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo deberá cursarse una vez alcanzada la evaluación positiva en todos los módulos profesionales realizados en el centro educativo. En la evaluación de este módulo profesional colaborará con el tutor del centro educativo, el tutor designado por el correspondiente centro de trabajo. Dicho módulo profesional se calificará como apto o no apto. Este módulo profesional de formación se realizará al final del ciclo formativo y supondrá un 25% del tiempo de enseñanza de dicho ciclo. Podrán quedar exentos de la realización de este módulo profesional quienes acrediten una experiencia laboral relacionada con los estudios profesionales que están cursando.

¿Cuáles son los criterios que establecen la preferencia entre los aspirantes a los ciclos de Formación Profesional?

  1. Para los ciclos de grado medio, la nota media del expediente académico.
  2. Para los ciclos de grado superior, en primer lugar se tiene en cuenta la modalidad y materia de Bachillerato cursada y en segundo lugar la nota media del expediente académico.
  3. En el caso de la Formación Profesional a distancia o semipresencial, se tiene en cuenta la experiencia profesional relaciona con los estudios a realizar y la nota media del expediente académico.

¿Cuáles son las ventajas más destacables de la Formación Profesional Dual para los alumnos?

  • Mejorar la adquisición, tanto en el centro educativo como en la empresa, de conocimientos, destrezas y habilidades técnicas así como las competencias y habilidades interpersonales. Siendo para los alumnos el punto fuerte del proyecto la posibilidad de compaginar sus estudios con el comienzo de su trayectoria profesional.
  • Favorecer la adaptación de los estudiantes a los ámbitos profesionales y a los sectores estratégicos empresariales en nuestro país, permitiéndoles experimentar más horas en las empresas
  • Potenciar la autorrealización profesional y motivación en el alumnado, lo que le facilitará construir su propio proyecto profesional. El alumno en alternancia asume, desde el inicio, una posición de análisis crítico de su actividad, comparándola y contrastándola con el referencial competencial y así mismo debe permitirle establecer objetivos individuales de formación y de trabajo.

¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?

a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.

b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.

A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.

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