La Formación Profesional de Grado Superior se afianza

 
FP Grado Superior 2010
 

La Formación Profesional de Grado Superior fue establecida por la LOGSE (1990) como un nuevo nivel educativo que eliminaba una “anomalía” del sistema educativo español: hasta entonces, la educación superior española estaba compuesta exclusivamente por la universidad, a diferencia de lo que sucedía en la mayor parte de los países europeos.

A pesar de su breve recorrido, la Formación Profesional Superior se ha establecido como una zona exitosa del sistema educativo, expandiéndose cuantitativamente y generando una imagen favorable respecto a su calidad.

Mientras que a la Formación Profesional de Grado Medio no le resulta fácil desprenderse de su imagen de patito feo del sistema educativo y de refugio de los estudiantes que no pueden estudiar Bachillerato, los usuarios ya han identificado el nivel superior de la FP como atractivo y su demanda ha crecido hasta suponer, actualmente, el 14% del total de la educación superior (en el año 2000 sólo era el 8,4%). También los empresarios han identificado el interés de este tipo de formación a la hora de contratar y retener a sus trabajadores.

Parte de esta atracción procede de que el acceso a la Formación Profesional Superior se restringió a los titulados de Bachillerato y a los alumnos que superan unas pruebas de acceso específicas, por lo que nació con un carácter selecto en comparación con los Ciclos Formativos de Grado Medio. Hay que admitir que este carácter selecto supuso una renuncia parcial a la función de integración social que cumple la Formación Profesional.

En el contexto actual, donde la expansión de la educación superior parece una necesidad cada vez más aceptada –de hecho, alcanzar una tasa de matriculación del 40% es uno de los objetivos planteados por la Unión Europea para 2020– y donde, simultáneamente, la universidad hace años que frenó su expansión, la Formación Profesional Superior constituye un excelente medio para mejorar el capital humano del país. Ha quedado demostrada la capacidad de este tipo de estudios para insertar en buenos puestos de trabajo a los estudiantes, incluso en este periodo de crisis. En suma, lo que fue un acierto en términos de diseño de la política educativa está alcanzando ya un periodo de madurez que no debe pasar desapercibida, ni para grupos de población cada vez más amplios ni para las administraciones educativas.

Otras informaciones relacionadas:

Descubre cómo la FP Grado Superior se ha consolidado como una opción de formación esencial en 2023 y cómo puedes sacarle el máximo partido.

Preguntas Frecuentes

Los títulos obtenidos a través de la modalidad de FP Dual ¿tienen la misma validez que los de la modalidad presencial o distancia?

Los Títulos que se obtienen al cursar un Ciclo Formativo de Grado Medio o de Grado Superior en esta modalidad tienen carácter oficial y la misma validez académica y profesional en todo el territorio nacional, de que los estudios se realicen en una Comunidad Autónoma o en el ámbito del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Sin embargo, al convivir las ofertas formativas de varias Administraciones, hay que tener en cuenta que el calendario, el sistema de matrícula, la evaluación y los currículos pueden variar en función de cada Comunidad Autónoma o del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Además, en función a la normativa autonómica, podrá entregarse un certificado al alumno que haya superado el proyecto donde conste la naturaleza del programa de formación realizado, su duración y valoración del resultado del mismo.

¿Puedo matricularme de más de un Ciclo Formativo a la vez?

Los ciclos formativos, tanto de grado medio como de grado superior, que se ofertan a distancia tienen 2000 horas de duración, en el caso de la modalidad presencial tienen una carga horaria lectiva de 1000 horas por curso escolar. Aunque una de las ventajas de la modalidad a distancia es que se realiza con una total autonomía y flexibilidad en el aprendizaje, la superación de estos módulos requerirá de un trabajo y esfuerzo similar, por lo que se debe valorar el número de módulos que el alumnado podrá asumir así como su carga horaria equivalente en la modalidad presencial y su posible grado de dificultad, para poder así compatibilizar las enseñanzas con su disponibilidad

Dentro de la oferta formativa se podrá consultar las horas lectivas asociadas a cada módulo profesional antes de realizar la matriculación. No es aconsejable matricularse de un conjunto de módulos profesionales asociados a una carga lectiva superior a la disponibilidad horaria de la persona interesada.

Es importante recordar que, al convivir distintas ofertas formativas, tanto de Comunidades Autónomas como del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, el cuándo y el cómo hacer la inscripción y/o matrícula ha de consultarlo en cada Administración Educativa, ya que, todo lo relativo al procedimiento de admisión de alumnos (tasas, documentación, requisitos específicos, etc.) y el calendario con las fechas de inscripción y matrícula lo fija cada una de ellas.

¿Cómo se puede acceder a la Formación Profesional Dual? ¿Existe un límite de edad para cursar la Formación Profesional Dual?

Como regla general, cualquier alumno de un ciclo formativo de grado medio o de grado superior en el momento que se formalice su matrícula en el ciclo formativo del centro que lo oferte en dicha modalidad.

Los menores de edad serán, en todo caso, mayores de 16 años y contarán con una autorización de los padres o representantes legales, debiendo respetarse en cualquier caso la normativa laboral establecida al respecto, todo ello teniendo en cuenta las características concretas de los proyectos y la normativa autonómica.

Los alumnos y tutores legales, en su caso, deberán adoptar el compromiso de cumplir las condiciones del proyecto y de la empresa participante establecidas en el convenio

¿Cómo se obtienen los certificados de profesionalidad?

El certificado de profesionalidad se puede obtener a través de las siguientes vías:

  1. La superación de todos los módulos formativos correspondientes al certificado de profesionalidad.
  2. Mediante los procedimientos para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.
  3. También se podrán obtener mediante la acumulación de acreditaciones parciales de las unidades de competencia que comprenda el certificado de profesionalidad.

El órgano competente para expedir los certificados de profesionalidad, sea cual sea la vía seguida para su obtención, es la Administración Laboral y no la Administración Educativa, con lo cual, si se han cursado enseñanzas de Formación Profesional que den lugar a la obtención de certificados de profesionalidad habrá que presentar ante dicha Administración Laboral el certificado de estudios correspondiente.

Instalar