La Formación Profesional en Catalunya

FP ganar mas

Ocho de cada diez titulados en FP encuentran un puesto de trabajo

La Formación Profesional (FP) catalana tiene una gran salida laboral. En la actualidad, el 83,2 por 100 de los jóvenes que cursan estudios de FP grado superior terminan por encontrar trabajo. Así se desprende del informe Evaluación de la Formacion Profesional Reglada, elaborado por el Consejo Superior de Evaluación de Cataluña entre los años 2001 y 2008.

En la última década, el alumnado de Formacion Profesional pasó de 47.140 estudiantes en el curso 1999-2000 a 80.720 en el curso 2008-2009. Por etapas, el número de alumnos de ciclos formativos de grado medio amentó desde los 22.974 alumnos a los 41.079 mientras que el de los ciclos formativos de grado superior se incrementaron de 24.166 a 39.641 en el mismo periodo.

Durante los últimos 4 años se ha hecho el seguimiento personal de 3.900 graduados de FP, de 891 de Graduado en ESO y de 425 de bachillerato. El trabajo de campo se ha completado con entrevistas a 3.325 alumnos de FP, 988 miembros de equipos directivos de centros de educación secundaria obligatoria, 4.024 profesores y trabajadores y 400 empresarios que han contratado graduados de Formación Profesional.

Más inserción laboral e ingresos superiores

El estudio concluye que la inserción laboral de los graduados FP es entre un 11 (grado medio) y un 20 por 100 (grado superior) más elevada que la de los que no han continuado estudiando. También son superiores los ingresos: entre un 23 y un 28 por 100.

Además, más del 80 por 100 de los graduados en Formación Profesional se muestra satisfecho con la formación recibida; un porcentaje similar al que muestran los empresarios cuando se les pregunta si los conocimientos de los titulados que han contratado son adecuados para la tarea laboral desarrollada. El 88 por 100 de los empresarios considera que la formación es entre "adecuada" y "relativamente adecuada".

Como aspecto a mejorar, el informe advierte que hace falta una mejora en la eficiencia de las funciones de los centros y que hay poca capacidad de reacción a la hora de modificar los contenidos y recursos a medida que evoluciona el entorno del centro educativo.

Es así como cada vez más la FP empieza a ser una alternativa real al acceso a la universidad.

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Preguntas Frecuentes

¿Dónde se puede ejercer la profesión con un título de Formación Profesional obtenido en Canarias o en otra Comunidad Autónoma?

Los títulos de Formación Profesional y certificados de profesionalidad tienen carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

En los Estados miembros de la Unión Europea y demás Estados firmantes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega), tendrán los efectos que les correspondan con arreglo a la normativa de la Unión Europea relativa al sistema general de reconocimiento de la Formación Profesional.

Fuera de este marco europeo habrá que estar a la legislación aplicable de cada país y a los convenios y acuerdos que tengan con España y Europa.

¿Qué requisitos de acceso necesito para poder estudiar un ciclo de Formación Profesional Básica?

PARA CURSAR UN CICLO DE FP BÁSICA SE NECESITA:

El acceso a los ciclos de Formación Profesional Básica requerirá el cumplimiento simultáneo de las siguientes condiciones:

  • Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso o durante el año natural en curso
  • Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de la Educación Secundaria Obligatoria.
  • Haber propuesto el equipo docente a los padres, madres o tutores legales la incorporación del alumno o alumna a un ciclo de Formación Profesional Básica.

¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?

a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.

b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.

A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.

Si en el centro en el que está escolarizado actualmente un alumno o una alumna hay oferta de ciclos de FPB y a este o esta le interesa cursar otro título implantado en otro centro, ¿puede escolarizarse en ese otro centro?

El alumno o la alumna obligatoriamente tiene que solicitar en primer lugar un ciclo formativo de FPB en un centro de adscripción preferente, teniendo prioridad en el de su propio centro. Podrá solicitar también otros ciclos formativos de FPB de otros centros, pero podrá acceder siempre y cuando haya plazas libres después de la escolarización del alumnado al que le corresponda por preferencia, sabiendo que no tendrá derecho al transporte en caso de tratarse de un centro no preferente.

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