Acceso a la Universidad desde FP Grado Superior decisión en Andalucía

Acceso Universidad FP grado Superior Andalucia

Como sabréis los estudios de FP de grado superior dan acceso a la universidad.

Las modificaciones del gobierno favoreciendo el acceso a la Universidad de los alumnos de Grados Superiores de Formación Profesional han generado opiniones encontradas en los últimos días.

Hace unos días os contábamos que la Junta de Andalucía esperaba tomar pronto una decisión sobre el acceso a la Universidad desde los Grados Superiores de FP: Pues bien, la última novedad en el tema es que la Comisión del Distrito único Andaluz ha tenido a bien concretar qué modulos de cada ciclo son los que ponderan más de 0,1 para el calculo de la nota de acceso. Os recuerdo la formula:

NOTA DE ADMISIÓN = NMC+ a*M1+b*M2

NMC es la nota del ciclo estudiado M1 y M2 notas de módulos de ese ciclo,  a y b son esos parámetros que por ley nacional son 0,1 como mínimo para el acceso a carreras del area de conocimiento estudiada en la FP.

Ahora se concreta qué modulos ponderan más de 0,1. Y no son muchos, mas bien uno por familia. Además os costará entender por que se han seleccionado esos y no otros.

Aqui os dejamos los enlaces a las webs del distrito único donde teneis toda la información.

  • Pruebas libres Grado Superior Andalucía
  • Condiciones de acceso a la universidad desde ciclos formativos de grado superior a los estudios de Grado
  • Parámetros de ponderación de las notas para el curso 2010/2011
  • Procedimiento de admisión
  • Acceso Universidades Andalucia

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Preguntas Frecuentes

¿Si he estudiado otro ciclo puedo convalidar algún módulo?

Sí hay muchos módulos que se convalidan de un ciclo a otro como por ejemplo el Inglés.

¿Cuáles son las ventajas más destacables de la Formación Profesional Dual para los centros?

  • Incrementar el número de personas que puedan cualificarse a través de las enseñanzas de Formación profesional por el atractivo de acercarse a los centros de trabajo desde el comienzo de las enseñanzas
  • Potenciar la relación del profesorado y del centro de formación profesional con las empresas del sector y favorecer la transferencia de conocimientos. Tanto los equipos docentes, como los propios centros, se encuentran en continuo proceso de actualización y mejora.
  • Fomentar la actualización a tiempo real del profesorado, las empresas pueden ofrecer la realización de estancias de los profesores en sus centros de trabajo y para colaborar en los proyectos de innovación de los centros de FP.
  • Aumentar la vinculación y responsabilidad social corporativa de la empresa en la formación en los centros de FP de su ámbito territorial.
  • Lograr la disminución del abandono escolar temprano, junto con otras medidas, los proyectos que acercan los centros a la realidad empresarial son un incentivo para la vuelta a las aulas.

¿Qué es la Formación Profesional a distancia? ¿Hay que asistir a clase?

Esta modalidad está pensada para aquellas personas que por sus responsabilidades o circunstancias personales no pueden realizar sus estudios en la modalidad presencial. Las horas de clase presenciales se encuentran reducidas con respecto a la modalidad ordinaria y varían en función del módulo de que se trate. El alumnado realiza gran parte del trabajo fuera del centro educativo en un entorno virtual con apoyo del tutor.

La modalidad a distancia en Canarias se imparte de forma semipresencial, por lo que siempre habrá que asistir a tutorías presenciales que son obligatorias.

¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?

a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.

b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.

A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.

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