Facilidades para el acceso a los grados superiores de FP en Castilla-León

Acceso FP Castilla-León

Recientemente, la portavoz de Educación del Grupo Socialista de las Cortes de Castilla y León, María Luz Martínez Seijo, ha solicitado que se flexibilicen en la comunidad los requisitos de acceso a las Pruebas Libres para ingresar a la Formación Profesional, planteando que se contemple la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años o mayores de 45 años dentro de los requisitos generales para la obtención de los títulos de Técnico y Técnico Superior de Ciclos Formativos de Formación Profesional.

Formación Castilla-León. Maria Luz Martinez Seijo

Según aseguró Martínez Seijo, en Castilla y León la Ley que regulariza y convoca las pruebas para la obtención de los títulos de Técnico y Técnico Superior de Ciclos Formativos de Formación Profesional, no registra la posibilidad de que las personas mayores de veinticinco años o mayores de 40 a 45, que han superado la prueba de acceso a la universidad, puedan optar a la realización de estas pruebas.

Esta solicitud de flexibilidad en el acceso a las pruebas, se enmarca dentro de las iniciativas para facilitar las posibilidades de empleo, promover la superación y favorecer la cohesión social principalmente de todos los colectivos que no poseen una cualificación reconocida para un empleo específico.

Además, María Luz Martínez criticó que la Orden EDU/482/2010 de Castilla y León, es discriminatoria, ya que no acepta que las personas que desean continuar sus estudios lo hagan mediante la realización de las pruebas de acceso a la universidad, pero sí son aceptadas para la realización de estudios en la modalidad presencial.

Esta situación sólo ocurre en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, pues en las demás Comunidades Autónomas, sí se permite que las pruebas de acceso a la universidad sean requisito para matricularse en las pruebas libres para la obtención de los títulos de Técnico y Técnico Superior de ciclos formativos. Esto limita grandemente las posibilidades de superación a las personas adultas que desean obtener una titulación profesional que les sea útil en su vida laboral.

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Preguntas Frecuentes

¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?

a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.

b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.

A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.

¿Qué ocurre si un alumno no supera alguno de los módulos profesionales incluidos en los proyectos de Formación Profesional Dual?

En el caso de que los alumnos no superen alguno de los módulos profesionales, las Administraciones educativas, en el marco de la normativa vigente, establecerán las medidas necesarias para facilitarles la obtención del título; entre otras, la ampliación de la duración del proyecto, el traslado de centro o la finalización del programa formativo en un centro educativo.

¿Cuándo y dónde tengo que hacer la matrícula en las pruebas libres de FP?

Los plazos de las pruebas libres son siempre en épocas diferentes a los de la matrícula ordinaria y también variables de una comunidad a otra.

Es importante destacar que, al ser una modalidad más de Formación Profesional, es cada comunidad la que decide qué títulos se ofrecen mediante pruebas y no todos los títulos se convocan anualmente. También hay comunidades que no tienen esta opción de pruebas libres. Algunas hacen convocatoria únicamente de títulos antiguos LOGSE, otras de los nuevos (LOE), y otras de ambos sistemas.

Si en el centro en el que está escolarizado actualmente un alumno o una alumna hay oferta de ciclos de FPB y a este o esta le interesa cursar otro título implantado en otro centro, ¿puede escolarizarse en ese otro centro?

El alumno o la alumna obligatoriamente tiene que solicitar en primer lugar un ciclo formativo de FPB en un centro de adscripción preferente, teniendo prioridad en el de su propio centro. Podrá solicitar también otros ciclos formativos de FPB de otros centros, pero podrá acceder siempre y cuando haya plazas libres después de la escolarización del alumnado al que le corresponda por preferencia, sabiendo que no tendrá derecho al transporte en caso de tratarse de un centro no preferente.

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