¿Qué es la Formación Profesional Dual?
La Formación Profesional Dual es una nueva modalidad dentro de las enseñanzas de Formación Profesional que tiene como una de sus finalidades ofrecer estímulos y motivar a las personas que finalizan la enseñanza general, y tienen necesidad de incorporarse al mercado de trabajo, para que lo hagan desde un ciclo formativo, con la suficiente y adecuada competencia y cualificación profesional, este incremento del nivel de formación y cualificación repercutirá positivamente en el crecimiento económico y la competitividad de las comunidades autónomas y del país.
Esta modalidad consiste en combinar la formación teórica práctica recibida en un centro educativo con la actividad práctica en un centro de trabajo.
¿Cuándo se debe matricular el alumno para participar en el proyecto de FP Dual de un centro de FP?
Al igual que en la oferta educativa, al convivir las ofertas formativas de varias Administraciones educativas hay que tener en cuenta que el calendario, el sistema de la inscripción y matrícula, la evaluación y los currículos pueden variar en función de cada Comunidad Autónoma o del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Es recomendable que acceda a la web de la Consejería de Educación de su interés para conocer la oferta formativa en cada curso académico.
¿Cuántas veces se pueden repetir los módulos profesionales?
El número de convocatorias por módulo profesional es de cuatro, excepto el de Formación en Centros de Trabajo que es de dos. Con carácter excepcional, se pueden establecer convocatorias extraordinarias para aquellas personas que hayan agotado las cuatro convocatorias por motivos de enfermedad o discapacidad u otros que condicionen o impidan el desarrollo ordinario de los estudios.
¿Cómo se obtienen los certificados de profesionalidad?
El certificado de profesionalidad se puede obtener a través de las siguientes vías:
- La superación de todos los módulos formativos correspondientes al certificado de profesionalidad.
- Mediante los procedimientos para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.
- También se podrán obtener mediante la acumulación de acreditaciones parciales de las unidades de competencia que comprenda el certificado de profesionalidad.
El órgano competente para expedir los certificados de profesionalidad, sea cual sea la vía seguida para su obtención, es la Administración Laboral y no la Administración Educativa, con lo cual, si se han cursado enseñanzas de Formación Profesional que den lugar a la obtención de certificados de profesionalidad habrá que presentar ante dicha Administración Laboral el certificado de estudios correspondiente.