Siguen aumentando los alumnos españoles que se deciden por la Formación Profesional, (FP) ya sea la FP de grado medio o la FP de grado superior. Aunque aún estamos lejos de la media europea.
Gabilondo presenta al Gobierno un plan de impulso y mejora de la Formación Profesional.
"La preferencia de los alumnos españoles por los cursos de Formación Profesional (FP) está experimentando un aumento en los últimos años, aunque su porcentaje aún no alcanza la media europea".
Así se desprende del informe que el ministro de Educación, Ángel Gabilondo, presentó ese viernes al Consejo de Ministros sobre la FP en España, en el que se contemplan propuestas concretas para su impulso y mejora. El informe recoge los datos de organismos internacionales que plantean la necesidad de impulsar este tipo de formación dentro de los sistemas educativos. Según la OCDE, es necesario que el 85% de los jóvenes alcancen, al menos, una cualificación media de Bachillerato o de Formación Profesional de Grado Medio.
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Preguntas Frecuentes
¿Puedo cursar todos los módulos de un ciclo formativo en la modalidad a distancia?
Ha de tener en cuenta que esta modalidad tiene unas características específicas que requieren forzosamente alternar contenidos de carácter no presencial con otros de carácter presencial que permiten acreditar dichas competencias y que estará matriculado en un Instituto de Educación Secundaria o Centro Integrado de Formación Profesional, tendrá que hacer allí la matrícula, la parte presencial de determinados módulos profesionales y los exámenes , así como la FCT (Formación en Centros de Trabajo), por lo que deberá valorar su disponibilidad para elegir la Administración educativa que más se ajuste a sus necesidades. Para conocer dichas particularidades deberá ponerse en contacto con el centro educativo, o en su caso la Administración educativa, que imparte el ciclo formativo que desearía cursar.
Debes tener en cuenta que es obligatorio para obtener el título realizar el módulo de Formación en un Centro de Trabajo (FCT), y que éste es necesariamente presencial, salvo que se pueda obtener su exención total porque el alumno acredite una experiencia laboral mínima de un año (atendiendo al cómputo correspondiente a una jornada laboral completa), relacionada con el ciclo formativo en el que esté matriculado.
¿Qué implica el módulo de Formación en Centros de Trabajo?
El currículo de los ciclos formativos incluye siempre un módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo, cuya superación es requisito imprescindible para obtener el título.
El módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo (FCT) tiene carácter formativo, y no laboral y, por tanto, no conlleva relación contractual entre el alumno y la empresa. El estudiante no ocupará un puesto de trabajo, sino que pasará por distintas ocupaciones, de acuerdo con el plan de formación que hayan diseñado para él conjuntamente, el tutor del centro educativo y su tutor en la empresa.
El módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo deberá cursarse una vez alcanzada la evaluación positiva en todos los módulos profesionales realizados en el centro educativo. En la evaluación de este módulo profesional colaborará con el tutor del centro educativo, el tutor designado por el correspondiente centro de trabajo. Dicho módulo profesional se calificará como apto o no apto. Este módulo profesional de formación se realizará al final del ciclo formativo y supondrá un 25% del tiempo de enseñanza de dicho ciclo. Podrán quedar exentos de la realización de este módulo profesional quienes acrediten una experiencia laboral relacionada con los estudios profesionales que están cursando.
¿Cómo se obtienen los certificados de profesionalidad?
El certificado de profesionalidad se puede obtener a través de las siguientes vías:
- La superación de todos los módulos formativos correspondientes al certificado de profesionalidad.
- Mediante los procedimientos para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.
- También se podrán obtener mediante la acumulación de acreditaciones parciales de las unidades de competencia que comprenda el certificado de profesionalidad.
El órgano competente para expedir los certificados de profesionalidad, sea cual sea la vía seguida para su obtención, es la Administración Laboral y no la Administración Educativa, con lo cual, si se han cursado enseñanzas de Formación Profesional que den lugar a la obtención de certificados de profesionalidad habrá que presentar ante dicha Administración Laboral el certificado de estudios correspondiente.
¿Qué ocurre con aquel alumnado que vaya a repetir el primer curso de PCE o un PCP?
Este alumnado tendrá prioridad para cursar un 1º de ciclo formativo de FPB, siempre que reúna las condiciones de edad. Recibirá una certificación de los módulos aprobados del PCE/PCP.