Huesca contará el curso que viene con el grado superior de Técnico en Educación Infantil

Huesca. FP Grado Superior

El Gobierno de Aragon y la provincia de Huesca apuestan por la Formación Profesional de Grado Superior como medio para conseguir profesionales capacitados que se integren en el mercado laboral con facilidad

La gran demanda de Ténicos Superiores en Educación Infantil han llevado al Gobierno de Aragón a implantar el curso que viene en Huesca el grado superior de esta rama profesional, una necesidad para la sociedad ya que según Natividad Mendiara, Directora general de Formación Profesional y Educación permanente del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, “hay una demanda enorme de conciliación de vida laboral y familiar”

La oferta de titulaciones de Formación Profesional de Grado Superior en Huesca se amplió ya el curso pasado en el IES Pirámide con la implantación del ciclo formativo de “Eficiencia Energética y Energía Solar”, un sector “muy estratégico” según Natividad Mendiara, que se impartirá el año que viene también en Zaragoza.

La Directora general de Formación Profesional explicaba en el contexto de la jornada sobre el modelo integrado de Formación Profesional, organizada por CCOO, que la nueva Formación Profesional, “flexible y adaptable a cualquier situación de formación de las personas”, se verá beneficiada por los Centros Integrados, hasta ahora experimentales, que se implantarán el curso que viene en Aragón y que, según la directora general de Formación Profesional, son un “elemento muy poderoso” para este tipo de educación.

La nueva Formación Profesional contará también con Formación Parcial y Certificados de Profesionalidad, aspectos en los que trabajan en estos momentos desde la dirección general de Formación Profesional.

Además, al año que viene, a la Red de Formación Profesional se incorporarán también los Centros de Adultos.

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Preguntas Frecuentes

¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?

a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.

b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.

A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.

Los títulos obtenidos a través de la modalidad de formación profesional a distancia ¿tienen la misma validez que los títulos obtenidos a través la modalidad presencial?

Los Títulos que se obtienen al cursar un Ciclo Formativo de Grado Medio o de Grado Superior tienen carácter oficial y la misma validez académica y profesional en todo el territorio nacional, con independencia de que los estudios se realicen en una Comunidad Autónoma o en el ámbito del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Sin embargo, al convivir las ofertas formativas de varias Administraciones, hay que tener en cuenta que el calendario, el sistema de matrícula, la evaluación y los currículos pueden variar en función de cada Comunidad Autónoma o del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

¿Qué es la Formación Profesional?

La Formación Profesional comprende el conjunto de enseñanzas teórico-prácticas que capacitan al alumno para el desempeño cualificado de las distintas profesiones, para su empleabilidad y para la participación activa en la vida social, cultural y económica.

¿Qué centros de FP están autorizados para ofertar proyectos de Formación Profesional Dual?

Aquellos centros de Formación Profesional , tanto públicos como privados, que habiendo presentado la debida solicitud de autorización, establezcan convenios de colaboración con empresas del sector correspondiente, en tiempo y forma en su Consejería competente en materia de Educación, hayan sido aprobados por las autoridad correspondiente, de acuerdo con lo que determine la normativa autonómica.

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