El Gobierno apuesta por la FP

El ministro de Educación, Ángel Gabilondo, abogó ayer de nuevo por el consenso y pidió el apoyo de la comunidad educativa, los agentes sociales y los partidos políticos a su Plan de Acción Educativa para el próximo curso 2010-2011, como alternativa al fallido Pacto de Estado por la Educación.

La propuesta se basa en doce objetivos, que en los últimos meses han logrado un respaldo mayoritario como prioridades para la década 2010-2020. Cada uno de ellos se desglosa en medidas que empezarán a ejecutarse durante 2010 o 2011. Para este último año, se estima una dotación de 590 millones de euros.Entre otras medidas, el Gobierno pretende que cuarto de Educación Secundaria Obligatoria (ESO) tenga un carácter orientador, con dos opciones: una enfocada al Bachillerato y otra a la Formación Profesional (FP).

Además, el alumno siempre tendrá posibilidad de reorientar su elección. Este es un proyecto que el ministro pretende llevar al Congreso de los Diputados, ya que exige la modificación de la LOE, con el máximo consenso posible. La FP, tanto la FP grado medio, como la FP superior, es también protagonista y para reforzarla, la Plataforma FP en internet cobrará mayor importancia. Asimismo, la reducción del fracaso escolar es una apuesta decidida, ya que los programas de refuerzo, orientación y apoyo (PROA) se extenderán a los alumnos de 3º y 4º de Primaria.Habrá un programa para que alumnos con el Graduado en ESO y Bachillerato estudien entre tres y diez meses en países europeos, una iniciativa similar a las becas Erasmus. Todo encaminado a potenciar la FP, que es lo que Europa nos reclama.

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Preguntas Frecuentes

¿Qué requisitos de acceso necesito para poder estudiar un ciclo superior de Formación Profesional?

PARA CURSAR UN CICLO FORMATIVO DE GRADO SUPERIOR SE NECESITA:

  • Estar en posesión del Título de Bachiller, o de un certificado acreditativo de haber superado todas las materias del Bachillerato
  • Haber superado el segundo curso de cualquier modalidad de Bachillerato experimental.
  • Estar en posesión de un Título de Técnico (Formación Profesional de Grado Medio)*.

*Siempre que la demanda de plazas en ciclos formativos de grado superior supere la oferta, las Administraciones educativas podrán establecer procedimientos de admisión al centro docente, de acuerdo con las condiciones que el Gobierno determine reglamentariamente.

  • Estar en posesión de un Título de Técnico Superior, Técnico Especialista o equivalente a efectos académicos.
  • Haber superado el Curso de Orientación Universitaria (COU).
  • Estar en posesión de cualquier Titulación Universitaria o equivalente.
  • Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior (se requiere tener al menos 19 años en el año que se realiza la prueba o 18 para quienes poseen el título de Técnico).
  • Haber superado la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años

¿Dónde se puede encontrar la oferta de ciclos formativos que se pueden realizar a distancia?

En este portal se recoge la información de la Formación Profesional a Distancia en diferentes Comunidades Autónomas y en el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.La oferta formativa de Formación Profesional a Distancia se puede consultar aquí.

¿Qué estudios pueden realizarse en Formación Profesional y qué títulos pueden obtenerse?

a) Ciclos de formación profesional básica, por el que se obtienen el título de formación profesional básica. Estas enseñanzas sólo están destinadas con carácter general a jóvenes de entre 15 y 17 años que no tienen el título de Educación Secundaria Obligatoria.

b) Ciclos de grado medio, por los que se obtienen los títulos de Técnico.

c) Ciclos de grado superior, por los que se obtienen los títulos de Técnico Superior.

d) Cursos de especialización, que se realizan una vez que ya se tiene un título y se trata de enseñanzas que todavía no están implantadas en el sistema educativo.

¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?

a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.

b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.

A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.

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