Extremadura beca tus estudios de FP de Grado Superior en el extranjero

La Junta de Extremadura apoya los estudios de FP de Grado Superior en el extranjero mediante becas destinadas a los alumnos de Formación Profesional de Grado Superior de Extremadura.

Los alumnos de ciclos de grado superior de Formación Profesional beneficiarios del Programa Sectorial Erasmus de Aprendizaje Permanente de la Unión Europea, para la realización de prácticas en el extranjero durante el curso 2009/2010, pueden optar a las becas complementarias convocadas por la Consejería de Educación, cuyas cuantías oscilarán entre los 100 euros para dos semanas de estancias y los 1.500 para veinte semanas.

Así, según la orden de convocatoria publicada hoy en el Diario Oficial de Extremadura, a la que la Consejería de Educación destina un presupuesto de 30.000 euros, podrán beneficiarse de estas becas los alumnos que, habiendo sido seleccionados en la convocatoria del programa Erasmus en la modalidad de movilidad de estudiantes para prácticas, se matriculen en estudios de ciclos formativos de grado superior en los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el curso académico 2009/2010.

Además, el solicitante debe cumplir los requisitos académicos para la realización del módulo de Formación en Centros de Trabajo.

El importe final de la beca complementaria se determinará en función de la renta per cápita de la unidad familiar, la duración de la estancia aprobada, el país de estancia y el número de becarios seleccionados.

La orden de convocatoria establece además que los alumnos podrán disfrutar de esta beca en un único curso académico y por una sola vez, así como que, para obtener la subvención, la renta per cápita no podrá exceder de 15.000 euros.

Las solicitudes de ayuda, dirigidas a la Consejería de Educación de Extremadura, deberán presentarse en un plazo de 30 días a partir de hoy.

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Preguntas Frecuentes

¿Quién son el tutor del proyecto de FP Dual en el centro y en la empresa?

El centro educativo y la empresa designarán un profesor tutor del centro educativo y un tutor de la empresa para cada uno de los programas formativos.

El tutor del proyecto en el centro de FP pertenecerá a la familia profesional del ciclo formativo y será el que, entre otras tareas, coordine la elaboración de la programación, la actividad en la empresa y en el centro educativo, y la comunicación con la empresa, realice el seguimiento de la formación del alumnado y evalúe al final de cada curso académico el desarrollo de estos programas, con el fin de determinar su incidencia sobre la mejora de la cualificación y de la inserción laboral de los alumnos recién titulados.

Y el tutor en la empresa que será un profesional, con la cualificación o experiencia profesional adecuada, designado entre la plantilla del centro de trabajo, entre otras funciones, colaborará con el profesorado del centro educativo, para concretar la programación que desarrollará cada alumno en la empresa guiará al alumno y supervisará sus progresos durante la estancia en la empresa y además será el encargado de coordinarse con el tutor de Formación Profesional Dual en el centro para realizar el seguimiento y valoración del alumnado

¿Un alumno o una alumna que supere un ciclo formativo de FPB puede obtener el Título de ESO?

Si, siempre y cuando supere la reválida de 4º de la ESO por cualquiera de sus vías.

¿Qué son los cursos de especialización?

Los cursos de especialización sólo pueden realizarse una vez que ya se tenga un título de Formación Profesional, ya sea de grado medio o superior. Van a completar, dentro de su mismo nivel formativo, las competencias profesionales del título de referencia y facilitar el aprendizaje a lo largo de la vida.
Estos cursos, con carácter general, tienen una duración de entre 300 y 600 horas lectivas. No obstante, hay que mencionar que todavía no están implantados en el sistema educativo.

¿Qué centros de FP están autorizados para ofertar proyectos de Formación Profesional Dual?

Aquellos centros de Formación Profesional , tanto públicos como privados, que habiendo presentado la debida solicitud de autorización, establezcan convenios de colaboración con empresas del sector correspondiente, en tiempo y forma en su Consejería competente en materia de Educación, hayan sido aprobados por las autoridad correspondiente, de acuerdo con lo que determine la normativa autonómica.

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