Nuevo impulso de la FP

Espinosa impulsará la formación profesional para asemejar la región a la UE

“Hay que desterrar la idea de que la FP es el centro receptor del fracaso escolar”, ha señalado la candidata del PP.

La candidata del PP a la presidencia del Principado, Isabel Pérez-Espinosa, ha defendido hoy la revisión, reforma y puesta en valor de la formación profesional para asemejar los ratios de matriculados a la Unión Europea, en donde la cifra de alumnos supera en quince puntos a la de Asturias.

La representante popular, que hoy ha visitado la Fundación Metal, ha incidido en la necesidad de crear una relación directa entre la empresa y el sistema educativo para determinar los perfiles demandados y crear profesionales que deben tener encaje en las empresas de la región.

En caso contrario, ha advertido, el Principado sólo formará jóvenes para incrementar las listas de desempleados.

La candidata del PP ha considerado importante incidir en la recuperación de la imagen social de los estudios de formación profesional.

“Hay que desterrar la idea de que la FP es el centro receptor del fracaso escolar, puesto que es una oferta atractiva para las personas que quieren orientar su perfil profesional a determinadas materias distintas”, ha señalado.

En su opinión, se trata simplemente de personas que quieren desarrollar un perfil profesional reglado al cual no se accede desde la Universidad sino a través de un ciclo formativo diferente.

Pérez Espinosa ha valorado el trabajo desarrollado por la Fundación Metal, que conoce las necesidades de las empresas.

La inserción laboral de sus estudiantes demuestra los buenos resultados de la entidad, ha señalado.

Además, ha valorado su aportación en un sector que innova continuamente y es receptor de avances tecnológicos.

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Preguntas Frecuentes

¿Qué es un módulo profesional?

Los ciclos de Formación Profesional no se organizan en asignaturas sino en módulos profesionales. Cada curso escolar está compuesto por una serie de módulos, y la superación de todos dará lugar a la obtención del título correspondiente. Los módulos son de duración variable, es decir, no tienen las mismas horas. La superación de un módulo es definitiva, con lo cual, si el alumno no supera todos los módulos necesarios para pasar de curso, sólo tendrá que repetir los módulos que no haya superado.

En caso de que un alumno o una alumna cumpla las condiciones de acceso pero no tiene el consejo orientador, si la familia quiere que acceda a un ciclo formativo de FPB, ¿puede acceder?

No. Son necesarios los tres requisitos: las condiciones de acceso, el consejo orientador y el consentimiento familiar.

¿Cómo se obtienen los certificados de profesionalidad?

El certificado de profesionalidad se puede obtener a través de las siguientes vías:

  1. La superación de todos los módulos formativos correspondientes al certificado de profesionalidad.
  2. Mediante los procedimientos para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.
  3. También se podrán obtener mediante la acumulación de acreditaciones parciales de las unidades de competencia que comprenda el certificado de profesionalidad.

El órgano competente para expedir los certificados de profesionalidad, sea cual sea la vía seguida para su obtención, es la Administración Laboral y no la Administración Educativa, con lo cual, si se han cursado enseñanzas de Formación Profesional que den lugar a la obtención de certificados de profesionalidad habrá que presentar ante dicha Administración Laboral el certificado de estudios correspondiente.

¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?

a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.

b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.

A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.

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