Nuevo impulso de la FP

Espinosa impulsará la formación profesional para asemejar la región a la UE

“Hay que desterrar la idea de que la FP es el centro receptor del fracaso escolar”, ha señalado la candidata del PP.

La candidata del PP a la presidencia del Principado, Isabel Pérez-Espinosa, ha defendido hoy la revisión, reforma y puesta en valor de la formación profesional para asemejar los ratios de matriculados a la Unión Europea, en donde la cifra de alumnos supera en quince puntos a la de Asturias.

La representante popular, que hoy ha visitado la Fundación Metal, ha incidido en la necesidad de crear una relación directa entre la empresa y el sistema educativo para determinar los perfiles demandados y crear profesionales que deben tener encaje en las empresas de la región.

En caso contrario, ha advertido, el Principado sólo formará jóvenes para incrementar las listas de desempleados.

La candidata del PP ha considerado importante incidir en la recuperación de la imagen social de los estudios de formación profesional.

“Hay que desterrar la idea de que la FP es el centro receptor del fracaso escolar, puesto que es una oferta atractiva para las personas que quieren orientar su perfil profesional a determinadas materias distintas”, ha señalado.

En su opinión, se trata simplemente de personas que quieren desarrollar un perfil profesional reglado al cual no se accede desde la Universidad sino a través de un ciclo formativo diferente.

Pérez Espinosa ha valorado el trabajo desarrollado por la Fundación Metal, que conoce las necesidades de las empresas.

La inserción laboral de sus estudiantes demuestra los buenos resultados de la entidad, ha señalado.

Además, ha valorado su aportación en un sector que innova continuamente y es receptor de avances tecnológicos.

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Preguntas Frecuentes

¿Qué requisitos de acceso necesito para poder estudiar un ciclo de Formación Profesional Básica?

PARA CURSAR UN CICLO DE FP BÁSICA SE NECESITA:

El acceso a los ciclos de Formación Profesional Básica requerirá el cumplimiento simultáneo de las siguientes condiciones:

  • Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso o durante el año natural en curso
  • Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de la Educación Secundaria Obligatoria.
  • Haber propuesto el equipo docente a los padres, madres o tutores legales la incorporación del alumno o alumna a un ciclo de Formación Profesional Básica.

¿Tendré profesores para cada módulo que me solucionen las dudas?

Los profesores que imparten estas enseñanzas tienen una relación personalizada con cada uno de sus alumnos y están en contacto con ellos de forma permanente a través de las diferentes posibilidades que permite la plataforma (corrección de las actividades, correos electrónicos, comunicación instantánea conforme al horario de atención del profesorado, participación en foros, etc.).

Su función es la misma que si estuvieran en el aula, con la única diferencia de que utilizan distintos tipos de herramientas de aprendizaje adaptadas a esta modalidad de formación.

¿Qué es la Formación Profesional?

La Formación Profesional comprende el conjunto de enseñanzas teórico-prácticas que capacitan al alumno para el desempeño cualificado de las distintas profesiones, para su empleabilidad y para la participación activa en la vida social, cultural y económica.

¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?

a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.

b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.

A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.

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