La Formación Profesional de Grado Superior se afianza

 
FP Grado Superior 2010
 

La Formación Profesional de Grado Superior fue establecida por la LOGSE (1990) como un nuevo nivel educativo que eliminaba una “anomalía” del sistema educativo español: hasta entonces, la educación superior española estaba compuesta exclusivamente por la universidad, a diferencia de lo que sucedía en la mayor parte de los países europeos.

A pesar de su breve recorrido, la Formación Profesional Superior se ha establecido como una zona exitosa del sistema educativo, expandiéndose cuantitativamente y generando una imagen favorable respecto a su calidad.

Mientras que a la Formación Profesional de Grado Medio no le resulta fácil desprenderse de su imagen de patito feo del sistema educativo y de refugio de los estudiantes que no pueden estudiar Bachillerato, los usuarios ya han identificado el nivel superior de la FP como atractivo y su demanda ha crecido hasta suponer, actualmente, el 14% del total de la educación superior (en el año 2000 sólo era el 8,4%). También los empresarios han identificado el interés de este tipo de formación a la hora de contratar y retener a sus trabajadores.

Parte de esta atracción procede de que el acceso a la Formación Profesional Superior se restringió a los titulados de Bachillerato y a los alumnos que superan unas pruebas de acceso específicas, por lo que nació con un carácter selecto en comparación con los Ciclos Formativos de Grado Medio. Hay que admitir que este carácter selecto supuso una renuncia parcial a la función de integración social que cumple la Formación Profesional.

En el contexto actual, donde la expansión de la educación superior parece una necesidad cada vez más aceptada –de hecho, alcanzar una tasa de matriculación del 40% es uno de los objetivos planteados por la Unión Europea para 2020– y donde, simultáneamente, la universidad hace años que frenó su expansión, la Formación Profesional Superior constituye un excelente medio para mejorar el capital humano del país. Ha quedado demostrada la capacidad de este tipo de estudios para insertar en buenos puestos de trabajo a los estudiantes, incluso en este periodo de crisis. En suma, lo que fue un acierto en términos de diseño de la política educativa está alcanzando ya un periodo de madurez que no debe pasar desapercibida, ni para grupos de población cada vez más amplios ni para las administraciones educativas.

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Preguntas Frecuentes

¿Qué módulos componen un ciclo de Formación Profesional?

Los ciclos formativos incluyen como mínimo los siguientes módulos profesionales:

  1. Módulos asociados a unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, donde el alumno adquirirá los conocimientos necesarios para el ejercicio cualificado de la profesión que ha elegido.
  2. Módulo de Formación y Orientación Laboral, para que el alumno conozca cuáles son las oportunidades de aprendizaje, de empleo, la organización del trabajo, relaciones con la empresa, legislación laboral y sus derechos y obligaciones laborales.
  3. Módulo de empresa e iniciativa emprendedora, en el que se recibirá la formación necesaria para conocer los mecanismos de creación y gestión básica de las empresas y el autoempleo.
  4. Módulo de proyecto, sólo para ciclos formativos de grado superior, tendrá por objeto la integración de las diversas capacidades y conocimientos del currículo de todos los módulos del ciclo formativo.
  5. Módulo de Formación en Centros de Trabajo, que explicamos a continuación.

Tengo experiencia profesional en el Ciclo Formativo que estudio, ¿puedo solicitar la exención del módulo de FCT?

Podrá solicitar la exención total o parcial del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo, el alumnado matriculado en dicho módulo que acredite una experiencia laboral mínima de un año (atendiendo al cómputo correspondiente a una jornada laboral completa), relacionada con el ciclo formativo en el que esté matriculado.

La experiencia laboral debe garantizar que el alumnado tiene adquiridos los resultados de aprendizaje recogidos en el currículo del módulo profesional de FCT.

¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?

a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.

b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.

A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.

¿Puedo cambiar de Comunidad Autónoma una vez matriculado en un ciclo?

Si se está cursando los estudios en una Comunidad Autónoma y se toma la decisión de continuar los estudios en otra, se ha de tener en cuenta que el plan de formación en cada Comunidad puede no ser idéntico, por lo que previamente, se recomienda analizar los módulos profesionales de los currículos de los títulos de ambas Administraciones, ya que, podría producirse la situación de que tuviera que matricularse de nuevos módulos profesionales propios del desarrollo curricular autonómico y posteriormente una vez matriculado, podría realizar el traslado de calificaciones en los módulos profesionales con el mismos códigos superados a cualquiera de los ciclos en los que dichos módulos estén incluidos y en su caso solicitar de la convalidación de aquellos módulos superados en el nuevo centro educativo en el que vaya a continuar los estudios conforme a la normativa.

Los módulos profesionales convalidados se calificarán con un 5, a efectos de obtención de la nota media.

Las convalidaciones de los módulos profesionales que no estén incluidos en las enseñanzas mínimas que regulen los títulos de formación profesional y que completen los contenidos del currículo de las Comunidades autónomas serán solicitadas en la Comunidad Autónoma correspondiente.

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