Acceso a la Universidad desde FP Grado Superior: todavía sin una decisión

FP Acceso Universidad Andalucia

La Junta de Andalucía espera tener "pronto" una decisión sobre el acceso a la universidad de alumnos de bachillerato y FP

El consejero de Economía de la Junta de Andalucía, Innovación y Ciencia, Antonio Ávila, confió hoy en que "pronto" se tenga una decisión sobre el asunto del acceso a la universidad de alumnos procedentes del bachillerato y de la Formación Profesional (FP).

En la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Gobierno, Ávila confirmó que ha abordado este asunto con el consejero de Educación, Francisco Álvarez de la Chica, con el fin de adoptar una decisión con prontitud.

Manifestó que, sin haber tomado una decisión, que tendrá que establecerse con rango de orden, "estamos sometiendo a reflexión desde el ámbito procedente del bachillerato, que exista una posibilidad en la medida en que requiere, al menos, en este primer año un diferencial en el acceso a través de la prueba de la selectividad, pueda tener algún tipo de consideración".

Como se recordará, días atrás, Álvarez de la Chica confirmó que las Consejerías de Educación y de Economía, Innovación y Ciencia están estudiando qué tipo de "medidas correctoras" se pueden plantear al real decreto que regula el acceso a la Universidad y que fue aprobado por el Consejo de Ministros para que "la ampliación de oportunidades" que éste otorga a los alumnos de Formación Profesional (FP) no vayan contra las de los que estudian segundo de Bachillerato.

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Preguntas Frecuentes

¿Se puede pasar de un curso inferior a un curso superior de un ciclo formativo si no se han superado todos lo módulos del curso?

Sí, se puede pasar de curso siempre que los módulos no superados no supongan más de un 20% del total de horas lectivas del curso. De lo contrario, el alumno tendrá que repetir los módulos no superados sin poder matricularse de módulos nuevos.

¿Debe participar todo el alumnado que cursa el ciclo formativo?

Los proyectos de FP Dual autorizados en los centros educativos tienen sus características reguladas en su propia normativa, por lo que podrán existir proyectos con un número mínimo de alumnos participantes por grupo, en los que no es obligatorio que todo el grupo participe, hasta grupos completos organizados de forma simultánea para un proyecto de FP Dual, en todo caso toda la información y orientación al respecto se facilitará previa matrícula en el ciclo formativo correspondiente.

Por todo ello, es importante recordar que al convivir las ofertas formativas de diferentes características de varias Administraciones educativas hay que tener en cuenta que el calendario, el sistema de la inscripción y matrícula, Salto de línea la evaluación y los currículos pueden variar en función de cada Comunidad, todo lo relativo al procedimiento de admisión de alumnos (tasas, documentación, requisitos específicos, etc.) y el calendario con las fechas de inscripción y matrícula lo establece cada una de ellas

¿Cómo se califican los estudios de Formación Profesional?

La superación de las enseñanzas requerirá la evaluación positiva en todos los módulos profesionales que las componen. Se consideran positivas las puntuaciones iguales o superiores a cinco puntos.

  1. La calificación de los módulos profesionales, excepto el de Formación en Centros de Trabajo, será numérica, entre uno y diez, sin decimales.
  2. El módulo de Formación en Centros de Trabajo se calificará como apto o no apto y no se tendrá en cuenta para calcular la nota media del expediente académico
  3. La nota final del ciclo formativo será la media aritmética de todos los módulos salvo el de Formación en Centros de Trabajo y se obtiene con dos decimales.

¿Qué requisitos de acceso necesito para poder estudiar un ciclo de Formación Profesional Básica?

PARA CURSAR UN CICLO DE FP BÁSICA SE NECESITA:

El acceso a los ciclos de Formación Profesional Básica requerirá el cumplimiento simultáneo de las siguientes condiciones:

  • Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso o durante el año natural en curso
  • Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de la Educación Secundaria Obligatoria.
  • Haber propuesto el equipo docente a los padres, madres o tutores legales la incorporación del alumno o alumna a un ciclo de Formación Profesional Básica.
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