Facilidades para el acceso a los grados superiores de FP en Castilla-León

Acceso FP Castilla-León

Recientemente, la portavoz de Educación del Grupo Socialista de las Cortes de Castilla y León, María Luz Martínez Seijo, ha solicitado que se flexibilicen en la comunidad los requisitos de acceso a las Pruebas Libres para ingresar a la Formación Profesional, planteando que se contemple la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años o mayores de 45 años dentro de los requisitos generales para la obtención de los títulos de Técnico y Técnico Superior de Ciclos Formativos de Formación Profesional.

Formación Castilla-León. Maria Luz Martinez Seijo

Según aseguró Martínez Seijo, en Castilla y León la Ley que regulariza y convoca las pruebas para la obtención de los títulos de Técnico y Técnico Superior de Ciclos Formativos de Formación Profesional, no registra la posibilidad de que las personas mayores de veinticinco años o mayores de 40 a 45, que han superado la prueba de acceso a la universidad, puedan optar a la realización de estas pruebas.

Esta solicitud de flexibilidad en el acceso a las pruebas, se enmarca dentro de las iniciativas para facilitar las posibilidades de empleo, promover la superación y favorecer la cohesión social principalmente de todos los colectivos que no poseen una cualificación reconocida para un empleo específico.

Además, María Luz Martínez criticó que la Orden EDU/482/2010 de Castilla y León, es discriminatoria, ya que no acepta que las personas que desean continuar sus estudios lo hagan mediante la realización de las pruebas de acceso a la universidad, pero sí son aceptadas para la realización de estudios en la modalidad presencial.

Esta situación sólo ocurre en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, pues en las demás Comunidades Autónomas, sí se permite que las pruebas de acceso a la universidad sean requisito para matricularse en las pruebas libres para la obtención de los títulos de Técnico y Técnico Superior de ciclos formativos. Esto limita grandemente las posibilidades de superación a las personas adultas que desean obtener una titulación profesional que les sea útil en su vida laboral.

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Preguntas Frecuentes

¿Cómo es la evaluación de los alumnos que participan en estos proyectos?

La evaluación del aprendizaje del alumnado que cursa la formación profesional Dual tendrá un carácter continuo y formativo y se realizará por módulos profesionales.

La evaluación del alumnado será responsabilidad de los profesores de los módulos profesionales del centro, teniendo en cuenta las aportaciones de los tutores de la empresa y el resultado de las actividades desarrolladas en la misma, en base a los resultados de la observación en el puesto de formación y la ejecución de otras actividades que se puedan acordar entre el alumno, el centro educativo y la empresa.

Tengo experiencia profesional en el Ciclo Formativo que estudio, ¿puedo solicitar la exención del módulo de FCT?

Podrá solicitar la exención total o parcial del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo, el alumnado matriculado en dicho módulo que acredite una experiencia laboral mínima de un año (atendiendo al cómputo correspondiente a una jornada laboral completa), relacionada con el ciclo formativo en el que esté matriculado.

La experiencia laboral debe garantizar que el alumnado tiene adquiridos los resultados de aprendizaje recogidos en el currículo del módulo profesional de FCT.

¿Qué estudios pueden realizarse en Formación Profesional y qué títulos pueden obtenerse?

a) Ciclos de formación profesional básica, por el que se obtienen el título de formación profesional básica. Estas enseñanzas sólo están destinadas con carácter general a jóvenes de entre 15 y 17 años que no tienen el título de Educación Secundaria Obligatoria.

b) Ciclos de grado medio, por los que se obtienen los títulos de Técnico.

c) Ciclos de grado superior, por los que se obtienen los títulos de Técnico Superior.

d) Cursos de especialización, que se realizan una vez que ya se tiene un título y se trata de enseñanzas que todavía no están implantadas en el sistema educativo.

¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?

a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.

b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.

A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.

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