Córdoba actualiza sus títulos de FP

Un total de 15 cursos de Formación Profesional (FP) se han actualizado a la normativa LOE, que pretende establecer un marco común en adquisición de competencias entre ciclos formativos de FP de España y Europa.

Esta homologación se ha llevado a cabo teniendo en cuenta el Catálogo Nacional de Cualificación.

Para el próximo curso, el ciclo de Grado Medio de ´Explotaciones ganaderas´ se transforma en ´Producción agropecuaria´; y en el grado superior la titulación de ´Administración de Sistemas Informáticos´ se convierte en ´Administración de Sistemas Informáticos en red´.

Asimismo, se establecen dos nuevas formas de escolarización: la modular complementaria y la modular diferenciada. La primera consiste en que los alumnos pueden hacer uno o varios módulos, sin necesidad de estar presente en el resto, ya que pueden estar convalidados o ya cursados -el alumno repite determinadas asignaturas-. La diferenciada implica que el centro ofrece horarios especiales para impartir determinados módulos. En este caso, todos los alumnos solo asisten a estas clases y no se relacionan con los estudiantes que cursen todos los módulos, como ocurre en la complementaria. Los centros educativos cordobeses ya han recibido la autorización para que se inscriban en una u otra dinámica.

Los ciclos formativos de Grado Superior permiten al alumnado continuar sus estudios y acceder a la universidad. En Córdoba, las titulaciones en las que los estudiantes intentan dar el salto hacia los estudios superiores son los ciclos relacionados con las enseñanzas de la familia sanitaria y de educación infantil. Casi un 20% de los alumnos intentan acceder a la universidad.

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Preguntas Frecuentes

¿Se oferta la modalidad en todos los ciclos formativos de todo el territorio nacional?

La implantación de esta modalidad depende, como en toda la oferta educativa, de cada Comunidad Autónoma. Es decir, que la decisión de qué, cuándo, dónde y en qué modalidad se imparten los ciclos formativos de Formación Profesional, es competencia de las Comunidades Autónomas.

Ha de tener en cuenta que la publicación de un título de FP no implica su inmediata implantación en todo el territorio nacional ni por tanto la oferta de la modalidad de FP Dual, es recomendable que acceda a la web de la Consejería de Educación de su interés para conocer la oferta formativa en cada curso académico.

¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?

a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.

b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.

A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.

¿Qué son los certificados de profesionalidad?

El certificado de profesionalidad acredita que una persona tiene las cualidades y capacidades necesarias para el desarrollo de una determinada actividad laboral con significación para el empleo. Se trata de una acreditación oficial de las cualificaciones profesionales del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales y es otorgado por la Administración Laboral.

¿Qué requisitos de acceso necesito para poder estudiar un ciclo de Formación Profesional Básica?

PARA CURSAR UN CICLO DE FP BÁSICA SE NECESITA:

El acceso a los ciclos de Formación Profesional Básica requerirá el cumplimiento simultáneo de las siguientes condiciones:

  • Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso o durante el año natural en curso
  • Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de la Educación Secundaria Obligatoria.
  • Haber propuesto el equipo docente a los padres, madres o tutores legales la incorporación del alumno o alumna a un ciclo de Formación Profesional Básica.
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