Nuevos ciclos de FP

Los alumnos de Formación Profesional podrán elegir entre 86 perfiles profesionales el próximo curso.

La Consejería de Educación oferta siete nuevos ciclos de Formación Profesional para el curso 2010-2011, lo que eleva a 86 los diferentes perfiles profesionales que se podrán cursar en Asturias, de los que 53 son de FPgrado superior y 33, de FP grado medio.

Se implanta una nueva familia profesional, la de 'FP de Energias y Agua', los ciclos de 'Eficiencia energética y energía solar térmica' y 'Producción agroecológica' se podrán cursar por primavera vez en el Principado y la FP a distancia también crece con cuatro nuevos ciclos formativos.

Formacion Profesional a distancia

El centro con la mayor oferta será el nuevo Integrado de FP de Avilés, nacido de la fusión del Suanzes y el Valliniello, público y ubicado en el centro de la ciudad, que ofertará nueve familias profesionales. En concreto, FP de Administración, FP de Edificación y Obra Civil, FP de Electricidad y Electrónica, Fabricación Mecánica, FP de Informatica, FP de Instalación y Mantenimiento, Transporte y Mantenimiento de Vehículos, Imagen Personal y Química.

Ayer se abrió el plazo para solicitar el acceso a estos estudios, que se prolongará hasta el próximo 2 de julio, y las peticiones deben presentarse en los centros donde se pretenda realizar las pruebas libres de formación profesional.

En cuanto a los nuevos ciclos formativos, en la modalidad presencial el de «Eficiencia energética y energía solar térmica» de la nueva familia de «Energía y Agua» se impartirá en el Centro Integrado de Mantenimiento y Servicios a la Producción de Langreo, en el Campus de FP de Valnalón, y el de 'Producción Agroecológica' en el IES Luces de Colunga. El de 'Cuidados auxiliares de enfermería' se crea como nuevo ciclo en el IES Cangas del Narcea.

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Preguntas Frecuentes

¿Puedo matricularme de módulos de primero y de segundo, indistintamente?

La matrícula en la modalidad de distancia es parcial y en función a las comunidades autónomas también puede ser modular, lo que significa que el alumno puede realizar una elección de los módulos que se deseen cursar, de manera autónoma y una vez analizadas las enseñanzas, en función de su itinerario formativo y profesional salvo los módulos de Proyecto y FCT, que requieren tener el resto de módulos superados.

Pero siempre se debe tener en cuenta que, al convivir distintas ofertas formativas, tanto de Comunidades Autónomas como del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, puede haber variaciones en calendarios, convocatorias, sistemas de matrícula, procedimientos de admisión etc., por lo que hay que consultar la oferta concreta en la que se decida cursar estos estudios.

¿Qué centros de FP están autorizados para ofertar proyectos de Formación Profesional Dual?

Aquellos centros de Formación Profesional , tanto públicos como privados, que habiendo presentado la debida solicitud de autorización, establezcan convenios de colaboración con empresas del sector correspondiente, en tiempo y forma en su Consejería competente en materia de Educación, hayan sido aprobados por las autoridad correspondiente, de acuerdo con lo que determine la normativa autonómica.

¿Qué son los centros de adscripción preferente?

Se trata de uno o varios centros educativos asociados por proximidad al centro del que procede el alumnado propuesto y que deberá elegirse siempre en primer lugar por la familia. En algunos casos será el propio centro en el que está escolarizado actualmente el alumno o la alumna.

¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?

a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.

b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.

A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.

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