Acceso a la Universidad desde FP Grado Superior decisión en Andalucía

Acceso Universidad FP grado Superior Andalucia

Como sabréis los estudios de FP de grado superior dan acceso a la universidad.

Las modificaciones del gobierno favoreciendo el acceso a la Universidad de los alumnos de Grados Superiores de Formación Profesional han generado opiniones encontradas en los últimos días.

Hace unos días os contábamos que la Junta de Andalucía esperaba tomar pronto una decisión sobre el acceso a la Universidad desde los Grados Superiores de FP: Pues bien, la última novedad en el tema es que la Comisión del Distrito único Andaluz ha tenido a bien concretar qué modulos de cada ciclo son los que ponderan más de 0,1 para el calculo de la nota de acceso. Os recuerdo la formula:

NOTA DE ADMISIÓN = NMC+ a*M1+b*M2

NMC es la nota del ciclo estudiado M1 y M2 notas de módulos de ese ciclo,  a y b son esos parámetros que por ley nacional son 0,1 como mínimo para el acceso a carreras del area de conocimiento estudiada en la FP.

Ahora se concreta qué modulos ponderan más de 0,1. Y no son muchos, mas bien uno por familia. Además os costará entender por que se han seleccionado esos y no otros.

Aqui os dejamos los enlaces a las webs del distrito único donde teneis toda la información.

  • Pruebas libres Grado Superior Andalucía
  • Condiciones de acceso a la universidad desde ciclos formativos de grado superior a los estudios de Grado
  • Parámetros de ponderación de las notas para el curso 2010/2011
  • Procedimiento de admisión
  • Acceso Universidades Andalucia

Otras informaciones relacionadas:

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Preguntas Frecuentes

¿Qué implica el módulo de Formación en Centros de Trabajo?

El currículo de los ciclos formativos incluye siempre un módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo, cuya superación es requisito imprescindible para obtener el título.

El módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo (FCT) tiene carácter formativo, y no laboral y, por tanto, no conlleva relación contractual entre el alumno y la empresa. El estudiante no ocupará un puesto de trabajo, sino que pasará por distintas ocupaciones, de acuerdo con el plan de formación que hayan diseñado para él conjuntamente, el tutor del centro educativo y su tutor en la empresa.

El módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo deberá cursarse una vez alcanzada la evaluación positiva en todos los módulos profesionales realizados en el centro educativo. En la evaluación de este módulo profesional colaborará con el tutor del centro educativo, el tutor designado por el correspondiente centro de trabajo. Dicho módulo profesional se calificará como apto o no apto. Este módulo profesional de formación se realizará al final del ciclo formativo y supondrá un 25% del tiempo de enseñanza de dicho ciclo. Podrán quedar exentos de la realización de este módulo profesional quienes acrediten una experiencia laboral relacionada con los estudios profesionales que están cursando.

¿Puedo estudiar un ciclo formativo a distancia si resido fuera de la CCAA?

Las ventajas de la modalidad a distancia son, entre otras, la total autonomía y flexibilidad en el aprendizaje, así como la superación de las barreras de movilidad en estas enseñanzas. Pero siempre se debe tener en cuenta que al convivir distintas ofertas formativas, tanto de Comunidades Autónomas como del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, puede haber variaciones en calendarios, convocatorias, sistemas de matrícula, procedimientos de admisión etc., por lo que hay que consultar la oferta concreta en la que se decida cursar estos estudios.

¿Necesito matricularme previamente de un módulo profesional del que voy a solicitar convalidación?

Los requisitos generales para solicitar una convalidación son:

  • Matricularse en las enseñanzas que se pretenden convalidar.
  • Solicitarlo a la dirección del centro educativo donde se haya formalizado la matrícula.
  • Haber superado una formación con validez académica que incluya totalmente las capacidades terminales o resultados de aprendizaje y contenidos mínimos de los módulos profesionales de los ciclos formativos susceptibles de convalidación.

Siempre que exista normativa vigente a aplicar, estas convalidaciones debe resolverlas la dirección del centro educativo donde el/la solicitante se haya matriculado, en caso contrario, deben ser resueltas, de forma individualizada, por la Dirección General de Formación Profesional del Ministerio de Educación.

Los módulos profesionales convalidados se calificarán con un 5, a efectos de obtención de la nota media.

¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?

a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.

b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.

A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.

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