Becas Fundesfor para Formación Profesional

Becas Fundesfor FP

La Fundación para el Desarrollo de la Formación en las Zonas Mineras del Carbón lanza la convocatoria 2010-2011 del Programa de Becas en Zonas Mineras del Carbón por el que se financia la realización de de estudios de Formación Profesional (FP) y estudios universitarios para jóvenes y trabajadores.

Este Programa de becas se inscribe dentro de un marco más amplio de apoyo al desarrollo económico y social de zonas mineras afectadas por el declive industrial, y tiene por objeto ayudar a la formación y al desarrollo de jóvenes y trabajadores de las zonas mineras del carbón.

El número de becas a conceder es de 2.800 y su plazo para la presentación de las solicitudes finalizará el 1 de octubre de 2010

Tipo de Becas

Esta convocatoria 2010-2011 recoge dos modalidades de becas:

  • Becas para la realización de estudios de Bachillerato, Formación Profesional, tanto FP de Grado Superior como FP de Grado Medio, y Programas de Cualificación Profesional en España.
  • Becas para la realización de estudios universitarios en España.

Los tipos de beca que pueden solicitarse son:

  • Ayuda para material didáctico
  • Ayuda para transporte urbano o interurbano.
  • Ayudas al estudio
  • Ayuda por razón de manutención, alojamiento y traslados al domicilio
  • Requisitos para solicitar la beca

Los destinatarios de estas ayudas son los hijos y huérfanos menores de 30 años del personal procedente de reestructuraciones laborales en la minería del carbón y de trabajadores del sector activos y pasivos.

Igualmente, pueden ser solicitadas por los propios trabajadores del sector en activo y también por los cónyuges y viudos / as de éstos (sin límite de edad todos ellos).

Todos ellos podrán solicitar estas becas independientemente de su lugar de empadronamiento. También podrán ser beneficiarios las personas menores de 30 años empadronadas con fecha anterior a la publicación de esta convocatoria en uno de los municipios cubiertos por el Programa. Quedan excluidos los trabajadores jubilados / prejubilados del sector.

La percepción de estas becas será incompatible con la obtención de otras ayudas para la misma finalidad otorgadas por cualquier Administración Pública.

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Preguntas Frecuentes

¿Puedo cambiar de Comunidad Autónoma una vez matriculado en un ciclo?

Si se está cursando los estudios en una Comunidad Autónoma y se toma la decisión de continuar los estudios en otra, se ha de tener en cuenta que el plan de formación en cada Comunidad puede no ser idéntico, por lo que previamente, se recomienda analizar los módulos profesionales de los currículos de los títulos de ambas Administraciones, ya que, podría producirse la situación de que tuviera que matricularse de nuevos módulos profesionales propios del desarrollo curricular autonómico y posteriormente una vez matriculado, podría realizar el traslado de calificaciones en los módulos profesionales con el mismos códigos superados a cualquiera de los ciclos en los que dichos módulos estén incluidos y en su caso solicitar de la convalidación de aquellos módulos superados en el nuevo centro educativo en el que vaya a continuar los estudios conforme a la normativa.

Los módulos profesionales convalidados se calificarán con un 5, a efectos de obtención de la nota media.

Las convalidaciones de los módulos profesionales que no estén incluidos en las enseñanzas mínimas que regulen los títulos de formación profesional y que completen los contenidos del currículo de las Comunidades autónomas serán solicitadas en la Comunidad Autónoma correspondiente.

¿Cómo se organiza la formación profesional inicial?

Los títulos de Técnico y de Técnico Superior están agrupados en 26 Familias Profesionales y dentro de cada una en:

  • Ciclos Formativos de grado medio, que conducen al título de Técnico y que forman parte de la educación secundaria post-obligatoria.
  • Ciclos Formativos de grado superior, que conducen al título de Técnico Superior que forma parte de la educación superior.

Estas enseñanzas deben responder a un perfil profesional, se estructuran en módulos profesionales de duración variable y se organizan de manera que permiten la conciliación del aprendizaje de las personas con otras actividades y responsabilidades.

¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?

a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.

b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.

A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.

¿Cuántas veces se puede repetir un curso?

El alumnado se puede matricular en un mismo curso de un ciclo de Formación Profesional un máximo de tres veces.

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