Andalucía convierte experiencia laboral en titulos de FP

Unos 1.800 trabajadores podrán convalidar su experiencia laboral por titulación de FP antes de final de año. La Junta ofertará acreditaciones profesionales en las ramas profesionales de Infantil, Dependencia y Emergencias sanitarias.

trabajadores podrán convalidar su experiencia laboral por titulación de Formacion Profesionalen las ramas profesionales de Infantil, Dependencia y Emergencias sanitarias

Unos 1.800 trabajadores andaluces podrán convalidar su experiencia laboral por módulos de Formación Profesional (FP) o por un certificado de profesionalidad antes de que finalice este año 2010, según han informado a Europa Press fuentes de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía.

Este procedimiento por el que se evalúan las competencias profesionales adquiridas por un trabajador a través de la experiencia laboral o por vías no formales de formación y se conmutan por asignaturas de FP --recurso ya previsto en el Real Decreto de 17 de julio de los Ministerios de Educación y Trabajo-- permitirá evaluar en la comunidad andaluza, en su primera convocatoria oficial, a unas 1.800 personas.

Según los cálculos realizados por el departamento que dirige Francisco Álvarez de la Chica, encargado de poner en marcha en Andalucía los procesos de evaluación de las competencias profesionales de forma conjunta con el Ministerio del ramo y la Consejería de Empleo, se ofertarán unas 600 acreditaciones por cada uno de los tres sectores productivos elegidos como "preferentes" para este primer proceso de evaluación: Educación Infantil, Ley de Dependencia y Emergencias Sanitarias.

Estas ramas profesionales, según reconocen las mencionadas fuentes, han sido seleccionadas para saldar la "deuda social" que la Junta de Andalucía tiene con "las personas que llevan muchos años trabajando en estos sectores y que tienen adquiridas competencias que, de alguna manera, les tienen que ser reconocidas para que puedan mejorar su situación laboral y su formación".

Así pues, a estas primeras pruebas podrán concurrir todos aquellos trabajadores cuyo currículum profesional haya estado o esté relacionado con alguna de estas tres ramas. Sin embargo, tal y como recuerdan desde Educación, la participación en este proceso de acreditación "no permite adquirir la totalidad de un título de FP o del certificado de profesionalidad, sino de unos cuantos módulos o competencias específicas de cada titulación".

Con todo, Educación insiste en la "importancia" de llevar a cabo este tipo de reconocimientos porque, además de permitir al trabajador obtener parte de una titulación o certificado oficial, "ayuda a detectar de forma inmediata las necesidades de formación que necesita el propio trabajador para mejorar su cualificación e impulsar su situación profesional". De esta información se sirve además la Consejería para ofertar formación profesional más ajustada a las necesidades productiva de la comunidad. "Cumplimos así una doble función", reconocen. ASESORAMIENTO, EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN

El procedimiento por el que los trabajadores andaluces podrán obtener un reconocimiento oficial de su experiencia laboral o de la formación no reglada se llevará a cabo en distintas fases. La primera, es la de orientación y asesoramiento, donde un equipo de profesionales informará del proceso de evaluación y ayudará al candidato a autoevaluar sus competencias emitiendo un informe de las mismas.

Dependiendo de dichas competencias, los asesores determinarán "qué cualificaciones profesionales puede tener adquiridas y cuáles son susceptibles de ser evaluadas posteriormente". Ya en la fase de evaluación una comisión comprobará, para cada una de las unidades de competencia en las que se haya inscrito el candidato, si éste demuestra la competencia profesional requerida en las realizaciones profesionales, en los niveles establecidos en los criterios de realización y en una situación de trabajo, real o simulada, fijada a partir del contexto profesional.

La evaluación final, por tanto y según reza el Real Decreto, se realizará "analizando el informe del asesor y toda la documentación aportada por el candidato y, en su caso, recabando nuevas evidencias necesarias para evaluar la competencia profesional requerida en las unidades de competencia en las que se haya inscrito".

Finalmente, a los candidatos que superen dicho proceso de evaluación, se les expedirá una acreditación de cada una de las competencias superadas que, después, la administración educativa (para los módulos de Formación Profesional) o la laboral (en el caso del certificado de profesionalidad) reconocerá oficialmente.

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Preguntas Frecuentes

¿Debe participar todo el alumnado que cursa el ciclo formativo?

Los proyectos de FP Dual autorizados en los centros educativos tienen sus características reguladas en su propia normativa, por lo que podrán existir proyectos con un número mínimo de alumnos participantes por grupo, en los que no es obligatorio que todo el grupo participe, hasta grupos completos organizados de forma simultánea para un proyecto de FP Dual, en todo caso toda la información y orientación al respecto se facilitará previa matrícula en el ciclo formativo correspondiente.

Por todo ello, es importante recordar que al convivir las ofertas formativas de diferentes características de varias Administraciones educativas hay que tener en cuenta que el calendario, el sistema de la inscripción y matrícula, Salto de línea la evaluación y los currículos pueden variar en función de cada Comunidad, todo lo relativo al procedimiento de admisión de alumnos (tasas, documentación, requisitos específicos, etc.) y el calendario con las fechas de inscripción y matrícula lo establece cada una de ellas

¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?

a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.

b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.

A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.

¿Cuándo se debe matricular el alumno para participar en el proyecto de FP Dual de un centro de FP?

Al igual que en la oferta educativa, al convivir las ofertas formativas de varias Administraciones educativas hay que tener en cuenta que el calendario, el sistema de la inscripción y matrícula, la evaluación y los currículos pueden variar en función de cada Comunidad Autónoma o del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Es recomendable que acceda a la web de la Consejería de Educación de su interés para conocer la oferta formativa en cada curso académico.

¿Cuándo y dónde tengo que hacer la matrícula en las pruebas libres de FP?

Los plazos de las pruebas libres son siempre en épocas diferentes a los de la matrícula ordinaria y también variables de una comunidad a otra.

Es importante destacar que, al ser una modalidad más de Formación Profesional, es cada comunidad la que decide qué títulos se ofrecen mediante pruebas y no todos los títulos se convocan anualmente. También hay comunidades que no tienen esta opción de pruebas libres. Algunas hacen convocatoria únicamente de títulos antiguos LOGSE, otras de los nuevos (LOE), y otras de ambos sistemas.

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