Andalucía convierte experiencia laboral en titulos de FP

Unos 1.800 trabajadores podrán convalidar su experiencia laboral por titulación de FP antes de final de año. La Junta ofertará acreditaciones profesionales en las ramas profesionales de Infantil, Dependencia y Emergencias sanitarias.

trabajadores podrán convalidar su experiencia laboral por titulación de Formacion Profesionalen las ramas profesionales de Infantil, Dependencia y Emergencias sanitarias

Unos 1.800 trabajadores andaluces podrán convalidar su experiencia laboral por módulos de Formación Profesional (FP) o por un certificado de profesionalidad antes de que finalice este año 2010, según han informado a Europa Press fuentes de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía.

Este procedimiento por el que se evalúan las competencias profesionales adquiridas por un trabajador a través de la experiencia laboral o por vías no formales de formación y se conmutan por asignaturas de FP --recurso ya previsto en el Real Decreto de 17 de julio de los Ministerios de Educación y Trabajo-- permitirá evaluar en la comunidad andaluza, en su primera convocatoria oficial, a unas 1.800 personas.

Según los cálculos realizados por el departamento que dirige Francisco Álvarez de la Chica, encargado de poner en marcha en Andalucía los procesos de evaluación de las competencias profesionales de forma conjunta con el Ministerio del ramo y la Consejería de Empleo, se ofertarán unas 600 acreditaciones por cada uno de los tres sectores productivos elegidos como "preferentes" para este primer proceso de evaluación: Educación Infantil, Ley de Dependencia y Emergencias Sanitarias.

Estas ramas profesionales, según reconocen las mencionadas fuentes, han sido seleccionadas para saldar la "deuda social" que la Junta de Andalucía tiene con "las personas que llevan muchos años trabajando en estos sectores y que tienen adquiridas competencias que, de alguna manera, les tienen que ser reconocidas para que puedan mejorar su situación laboral y su formación".

Así pues, a estas primeras pruebas podrán concurrir todos aquellos trabajadores cuyo currículum profesional haya estado o esté relacionado con alguna de estas tres ramas. Sin embargo, tal y como recuerdan desde Educación, la participación en este proceso de acreditación "no permite adquirir la totalidad de un título de FP o del certificado de profesionalidad, sino de unos cuantos módulos o competencias específicas de cada titulación".

Con todo, Educación insiste en la "importancia" de llevar a cabo este tipo de reconocimientos porque, además de permitir al trabajador obtener parte de una titulación o certificado oficial, "ayuda a detectar de forma inmediata las necesidades de formación que necesita el propio trabajador para mejorar su cualificación e impulsar su situación profesional". De esta información se sirve además la Consejería para ofertar formación profesional más ajustada a las necesidades productiva de la comunidad. "Cumplimos así una doble función", reconocen. ASESORAMIENTO, EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN

El procedimiento por el que los trabajadores andaluces podrán obtener un reconocimiento oficial de su experiencia laboral o de la formación no reglada se llevará a cabo en distintas fases. La primera, es la de orientación y asesoramiento, donde un equipo de profesionales informará del proceso de evaluación y ayudará al candidato a autoevaluar sus competencias emitiendo un informe de las mismas.

Dependiendo de dichas competencias, los asesores determinarán "qué cualificaciones profesionales puede tener adquiridas y cuáles son susceptibles de ser evaluadas posteriormente". Ya en la fase de evaluación una comisión comprobará, para cada una de las unidades de competencia en las que se haya inscrito el candidato, si éste demuestra la competencia profesional requerida en las realizaciones profesionales, en los niveles establecidos en los criterios de realización y en una situación de trabajo, real o simulada, fijada a partir del contexto profesional.

La evaluación final, por tanto y según reza el Real Decreto, se realizará "analizando el informe del asesor y toda la documentación aportada por el candidato y, en su caso, recabando nuevas evidencias necesarias para evaluar la competencia profesional requerida en las unidades de competencia en las que se haya inscrito".

Finalmente, a los candidatos que superen dicho proceso de evaluación, se les expedirá una acreditación de cada una de las competencias superadas que, después, la administración educativa (para los módulos de Formación Profesional) o la laboral (en el caso del certificado de profesionalidad) reconocerá oficialmente.

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Preguntas Frecuentes

¿Qué centros de FP están autorizados para ofertar proyectos de Formación Profesional Dual?

Aquellos centros de Formación Profesional , tanto públicos como privados, que habiendo presentado la debida solicitud de autorización, establezcan convenios de colaboración con empresas del sector correspondiente, en tiempo y forma en su Consejería competente en materia de Educación, hayan sido aprobados por las autoridad correspondiente, de acuerdo con lo que determine la normativa autonómica.

¿Qué implica el módulo de Formación en Centros de Trabajo?

El currículo de los ciclos formativos incluye siempre un módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo, cuya superación es requisito imprescindible para obtener el título.

El módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo (FCT) tiene carácter formativo, y no laboral y, por tanto, no conlleva relación contractual entre el alumno y la empresa. El estudiante no ocupará un puesto de trabajo, sino que pasará por distintas ocupaciones, de acuerdo con el plan de formación que hayan diseñado para él conjuntamente, el tutor del centro educativo y su tutor en la empresa.

El módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo deberá cursarse una vez alcanzada la evaluación positiva en todos los módulos profesionales realizados en el centro educativo. En la evaluación de este módulo profesional colaborará con el tutor del centro educativo, el tutor designado por el correspondiente centro de trabajo. Dicho módulo profesional se calificará como apto o no apto. Este módulo profesional de formación se realizará al final del ciclo formativo y supondrá un 25% del tiempo de enseñanza de dicho ciclo. Podrán quedar exentos de la realización de este módulo profesional quienes acrediten una experiencia laboral relacionada con los estudios profesionales que están cursando.

¿Cuándo y dónde tengo que hacer la matrícula en FP a distancia?

Las fechas de preinscripción y matrícula así como todo lo relativo al proceso de admisión de alumnos (tasas, cupos, notas de corte, etc.) es competencia de cada Comunidad Autónoma y una vez que lo hacen público, procedemos a ponerlo en TodoFP en el apartado denominado Cuándo inscribirse.

El plazo de solicitudes para estudiar FP a distancia es variable en función de la organización propia de cada Comunidad Autónoma y a veces coincide con las fechas de la modalidad presencial, pero otras veces no. Algunas comunidades también tienen plazo extraordinario en septiembre o en otros meses. Pero no siempre es así.

Una vez que se ha optado por estudiar un ciclo en esta modalidad, debe consultarse la página específica de aquella comunidad donde lo vaya a cursar, ya que en la convocatoria concreta se especifica todo lo relativo a este proceso de admisión de alumnos. Y consultar cualquier duda en la Consejería de Educación correspondiente.

¿Cómo se obtienen los certificados de profesionalidad?

El certificado de profesionalidad se puede obtener a través de las siguientes vías:

  1. La superación de todos los módulos formativos correspondientes al certificado de profesionalidad.
  2. Mediante los procedimientos para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.
  3. También se podrán obtener mediante la acumulación de acreditaciones parciales de las unidades de competencia que comprenda el certificado de profesionalidad.

El órgano competente para expedir los certificados de profesionalidad, sea cual sea la vía seguida para su obtención, es la Administración Laboral y no la Administración Educativa, con lo cual, si se han cursado enseñanzas de Formación Profesional que den lugar a la obtención de certificados de profesionalidad habrá que presentar ante dicha Administración Laboral el certificado de estudios correspondiente.

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