Centros de Grado Superior en Alava

Ponemos a tu disposición todos los catos de contacto de los centros de formación profesional de grado superior en Alava. Accede a información más específica sobre el centro y la FP pulsando el enlace que aparece en el nombre de cada centro.

  • , Zorrostea 6. Alava
  • , Langraiz 2. Alava
  • , Arcaute 18. Alava
  • , San Antonio 43. Alava
  • , FUEROS 49. Alava
  • , Alava 39. Alava
  • , Los Huetos 33. Alava
  • , Francia 32. Alava
  • , MANUEL IRADIER, 46. Alava
  • , Nieves Cano 18. Alava
  • , El Salvador 1. Alava
  • , Gamarra Mayor 42. Alava
  • , Alava 41. Alava
  • , Behenafarroa 1. Alava
  • , Zumalakarregi 34. Alava
  • , Virgen del Carmen 17. Alava
  • , Portal de Lasarte 23. Alava
  • , Domingo de Sautu 69. Alava
  • , Paula Montal 9. Alava
  • , CRUZ BLANCA, 4. Alava
  • , Sancho Abarca 1. Alava
  • , Katuxa-Ibarra 15. Alava
  • , Oreitiasolo 10. Alava
  • , BEATO TOMÁS DE ZUMARRAGA, 27. Alava
  • , Magdalena 8. Alava
  • , Etxebarriaur, 6-8. Alava
  • Preguntas Frecuentes

    ¿Cómo se obtienen los certificados de profesionalidad?

    El certificado de profesionalidad se puede obtener a través de las siguientes vías:

    1. La superación de todos los módulos formativos correspondientes al certificado de profesionalidad.
    2. Mediante los procedimientos para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.
    3. También se podrán obtener mediante la acumulación de acreditaciones parciales de las unidades de competencia que comprenda el certificado de profesionalidad.

    El órgano competente para expedir los certificados de profesionalidad, sea cual sea la vía seguida para su obtención, es la Administración Laboral y no la Administración Educativa, con lo cual, si se han cursado enseñanzas de Formación Profesional que den lugar a la obtención de certificados de profesionalidad habrá que presentar ante dicha Administración Laboral el certificado de estudios correspondiente.

    ¿Qué es el módulo de Formación en Centros de Trabajo? ¿Cuánto dura?

    Todos los ciclos formativos, tanto los de grado medio como los de grado superior, incluyen un módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo. Es obligatorio superarlo para obtener la correspondiente titulación; no tiene carácter laboral y son prácticas que el alumno realiza en la empresa, no conlleva, por tanto, una relación contractual y completará la adquisición de las competencias profesionales propias de cada título alcanzadas en el centro educativo.

    Este módulo se realiza una vez que se han superado el resto de módulos que componen el ciclo al final del segundo año del curso, y con carácter general tiene una duración de 346 horas, aproximadamente 9 semanas en empresas a jornada completa.

    Los títulos obtenidos a través de la modalidad de FP Dual ¿tienen la misma validez que los de la modalidad presencial o distancia?

    Los Títulos que se obtienen al cursar un Ciclo Formativo de Grado Medio o de Grado Superior en esta modalidad tienen carácter oficial y la misma validez académica y profesional en todo el territorio nacional, de que los estudios se realicen en una Comunidad Autónoma o en el ámbito del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Sin embargo, al convivir las ofertas formativas de varias Administraciones, hay que tener en cuenta que el calendario, el sistema de matrícula, la evaluación y los currículos pueden variar en función de cada Comunidad Autónoma o del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

    Además, en función a la normativa autonómica, podrá entregarse un certificado al alumno que haya superado el proyecto donde conste la naturaleza del programa de formación realizado, su duración y valoración del resultado del mismo.

    ¿Cuántas veces se pueden repetir los módulos profesionales?

    El número de convocatorias por módulo profesional es de cuatro, excepto el de Formación en Centros de Trabajo que es de dos. Con carácter excepcional, se pueden establecer convocatorias extraordinarias para aquellas personas que hayan agotado las cuatro convocatorias por motivos de enfermedad o discapacidad u otros que condicionen o impidan el desarrollo ordinario de los estudios.

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