Centros de Grado Superior en Navarra

Ponemos a tu disposición todos los catos de contacto de los centros de formación profesional de grado superior en Navarra. Accede a información más específica sobre el centro y la FP pulsando el enlace que aparece en el nombre de cada centro.

  • , AV.DE VILLAVA, 55. Navarra
  • , C/ PEDRO I, 27. Navarra
  • , CARRETERA NA-5007, 100. Navarra
  • , PZA. CONDE DE RODEZNO,S/N. Navarra
  • , AVD. MARCELO CELAYETA, 75, NAVE A2 (EDIFICIO IWER). Navarra
  • , AV.DE SAN JORGE,2-C. Navarra
  • , Camino Donapea, s/n. Navarra
  • , C/ PALETILLAS, 17. Navarra
  • , C/ EL VERGEL 2. Navarra
  • , C/ AMAYA, 27. Navarra
  • , CALLE MAYOR (PALACIO EZPELETA), 65. Navarra
  • , AVDA. ZARAGOZA, 23. Navarra
  • , C/ IRUNLARREA, 3. Navarra
  • , AVDA. TARAZONA, SN. Navarra
  • , AVENIDAD DIPUTACIÓN, 5. Navarra
  • , CALLE BIDEBERRI, 28 (POLÍGONO INDUSTRIAL ARETA). Navarra
  • , AV. CORELLA,29. Navarra
  • , C/ OLAZ-CHIPI, 30. Navarra
  • , C/ DEL RECINTO, S/N. Navarra
  • , COLEGIO LEKAROZ, S/N. Navarra
  • , C/ MILAGRO, 1. Navarra
  • , AV.DE RONCESVALLES, 1. Navarra
  • , C/ ARALAR, 7. Navarra
  • , AVENIDA SANCHO EL FUERTE, 6. Navarra
  • , C/ DEL RÍO, 53. Navarra
  • , C/. SAN FRANCISCO JAVIER, 1. Navarra
  • , C/ BIURDANA, 1. Navarra
  • , C/ ABEJERAS, 5. Navarra
  • , AVDA. DE TUDELA, 30. Navarra
  • , C/ TORRE MONREAL,11. Navarra
  • , C/ DE IMÁRCOAIN, 1. Navarra
  • Preguntas Frecuentes

    ¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?

    a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.

    b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

    c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.

    A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.

    ¿Las titulaciones están reconocidas a nivel nacional y europeo?

    Sí, las titulaciones son expedidas por el Ministerio de Educación con validez en todo el territorio nacional y reconocidas en toda la Unión Europea.

    ¿Qué requisitos de acceso necesito para poder estudiar un ciclo superior de Formación Profesional?

    PARA CURSAR UN CICLO FORMATIVO DE GRADO SUPERIOR SE NECESITA:

    • Estar en posesión del Título de Bachiller, o de un certificado acreditativo de haber superado todas las materias del Bachillerato
    • Haber superado el segundo curso de cualquier modalidad de Bachillerato experimental.
    • Estar en posesión de un Título de Técnico (Formación Profesional de Grado Medio)*.

    *Siempre que la demanda de plazas en ciclos formativos de grado superior supere la oferta, las Administraciones educativas podrán establecer procedimientos de admisión al centro docente, de acuerdo con las condiciones que el Gobierno determine reglamentariamente.

    • Estar en posesión de un Título de Técnico Superior, Técnico Especialista o equivalente a efectos académicos.
    • Haber superado el Curso de Orientación Universitaria (COU).
    • Estar en posesión de cualquier Titulación Universitaria o equivalente.
    • Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior (se requiere tener al menos 19 años en el año que se realiza la prueba o 18 para quienes poseen el título de Técnico).
    • Haber superado la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años

    ¿Dónde se puede ejercer la profesión con un título de Formación Profesional obtenido en Canarias o en otra Comunidad Autónoma?

    Los títulos de Formación Profesional y certificados de profesionalidad tienen carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

    En los Estados miembros de la Unión Europea y demás Estados firmantes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega), tendrán los efectos que les correspondan con arreglo a la normativa de la Unión Europea relativa al sistema general de reconocimiento de la Formación Profesional.

    Fuera de este marco europeo habrá que estar a la legislación aplicable de cada país y a los convenios y acuerdos que tengan con España y Europa.

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