Centro público
CL. CORONA DE ARAGÓN, 35
50009 Zaragoza
Zaragoza
Formación profesional especializada en Documentación Sanitaria. Prepárate para gestionar y organizar la documentación clínica esencial en el sector sanitario.
Curso dirigido a:
Como Técnico Superior en Documentación Sanitaria, tendrás la oportunidad de trabajar en hospitales, clínicas, consultorios médicos, centros de investigación, entre otros. Tu labor será esencial para garantizar la correcta gestión y organización de la documentación clínica, colaborando estrechamente con médicos y otros profesionales de la salud. ¿Cuáles son las salidas profesionales? Técnico en documentación sanitaria Técnico de codificación Unidades de documentación clínica Archivo de historias clínicas Evaluación y control de calidad de la prestación sanitaria
No dejes pasar la oportunidad que los grados superiores de FP te ofrecen. Consigue tu título superior gracias a las pruebas libres de Formación Profesional de Técnico Superior en Animación de actividades físicas y deportivas.
Curso dirigido a:
El deporte no solo es pasión y entretenimiento; es también una industria en crecimiento con una demanda constante de profesionales capacitados. Al completar el curso de Técnico Superior en Enseñanza y Animación Sociodeportiva, te abrirás las puertas a un mundo lleno de oportunidades, desde la enseñanza y animación deportiva hasta la gestión de eventos y actividades recreativas. Este profesional ejerce su actividad en las áreas de la animación social, la enseñanza físicodeportiva en diferentes contextos y edades, la animación turística y las actividades de tiempo libre educativo infantil y juvenil, ocupándose de la planificación, organización, dinamización y evaluación de las actividades. Asimismo, puede ocuparse de la organización de competiciones no oficiales y pequeños eventos físico-deportivos para todo tipo de usuarios y para empresas de turismo activo. Estas son solo algunas de las salidas profesionales de este curso FP de grado superior a distancia: Promotor de actividades físico-deportivas. Animador de actividades físico-deportivas. Coordinador de actividades polideportivas. Iniciador de: atletismo, bádminton, baloncesto, balonmano, fútbol, natación, tenis y voleibol. En empresas y entidades públicas y privadas, como: Empresas de servicios deportivos. Patronatos deportivos o entidades deportivas municipales. Clubes o asociaciones deportivas. Clubes o asociaciones de carácter social. Empresas turísticas: hoteles, campings, balnearios... Grandes empresas con servicios deportivos para sus empleados. Centros geriátricos o de carácter social. Federaciones deportivas. Organismos públicos de deportes (Diputaciones, Direcciones Generales de Deporte, etc.).
Como técnico superior en mantenimiento electrónico tendrás una profesión demandada por el sector industrial, que requiere de personal cualificado que resuelva las incidencias del mundo electrónico. Entérate como conseguir un futuro estable.
Curso dirigido a:
Mediante la realización de estas pruebas se puede obtener un título de Formación Profesional presentándose a un examen, sin necesidad de cursar ningún ciclo formativo. Se puede presentar cualquiera que cumpla los requisitos de acceso al correspondiente ciclo formativo. No obstante, hay que tener en cuenta que están destinadas a personas que tienen una experiencia profesional considerable en un ámbito determinado pero no tienen titulación o para aquellas que han realizado estudios de Formación Profesional sin haberlos concluido.
Se puede consultar el calendario de pruebas libres en las distintas Comunidades Autónomas en esta página Web.
Los títulos de Formación Profesional se consiguen cursándolos. Otra cuestión es la posibilidad de acreditar la experiencia laboral para, si desea obtener un título de FP, poder convalidar esa experiencia por determinados módulos de dicho título.
Le resumimos las fases de que consta:
El procedimiento consta de tres fases. Una primera fase de asesoramiento en la que un asesor del ámbito docente o profesional ayudará al candidato a recopilar toda la documentación correspondiente a las competencias que quiera acreditar y a preparar su currículum y dossier personal. Una segunda fase donde se evaluará la competencia profesional y en la que el candidato tendrá que demostrar su capacidad para desarrollar dichas habilidades, y la última fase, donde se acreditará y se registrarán las competencias profesionales que hayan superado.
Es importante destacar que mediante este procedimiento no se obtiene ningún título de Formación Profesional sino que se acreditan X unidades de competencia y al finalizar el mismo, si se desea obtener dicho título, determinados módulos profesionales (asociados a esas unidades de competencia) ya no tendrá que cursarlos y sólo necesitará hacer el resto de los que componen cada ciclo formativo.
Puede ver también aquí lasconvocatorias que pueden servirle para conocer aspectos detallados del procedimiento y las ocupaciones concretas que se han ido convocando por parte de las diferentes administraciones autonómicas, que son las encargadas de llevar a cabo todo el proceso.
El procedimiento de acreditación es un procedimiento extraordinario en el que las Comunidades Autónomas deben dar preferencia a aquellas necesidades de titulados en función de los requerimientos de los sectores productivos de su zona. Esa es la razón de que no se hagan convocatorias de acreditación en fechas fijas ni para todas las unidades de competencia.
2000 horas, aproximadamente 1000 horas por curso, lo que supone dos cursos académicos.
a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.
b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.
c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.
A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.