Grado de Dietética en Barcelona
Estos son los centros de Barcelona que imparten los estudios de formación profesional de grado superior de Dietética. Puedes ampliar información sobre ellos pulsado en el enlace de cada uno de ellos.
Preguntas Frecuentes
¿Cómo es la evaluación de los alumnos que participan en estos proyectos?
La evaluación del aprendizaje del alumnado que cursa la formación profesional Dual tendrá un carácter continuo y formativo y se realizará por módulos profesionales.
La evaluación del alumnado será responsabilidad de los profesores de los módulos profesionales del centro, teniendo en cuenta las aportaciones de los tutores de la empresa y el resultado de las actividades desarrolladas en la misma, en base a los resultados de la observación en el puesto de formación y la ejecución de otras actividades que se puedan acordar entre el alumno, el centro educativo y la empresa.
¿Cómo se puede acceder a los estudios de Formación Profesional? ¿Qué es la prueba de acceso?
El acceso a los ciclos formativos puede ser directo, cuando se reúnan las condiciones académicas y de edad necesarias según el nivel del ciclo de que se trate o mediante la superación de la prueba de acceso, que tendrá por objeto comprobar que el aspirante tiene los conocimientos y habilidades necesarios para cursar con aprovechamiento los estudios.
¿Qué requisitos de acceso se exigen para los Ciclos Formativos de grado medio?
- Estar en posesión del título de Educación Secundaria.
- Estar en posesión de un título de Técnico o de Técnico Auxiliar.
- Tener superado el segundo curso de Bachillerato Unificado Polivalente (BUP).
- Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio(se requerirá tener, al menos, diecisiete años, cumplidos en el año de realización de la prueba).
¿Cuántas veces se pueden repetir los módulos profesionales?
El número de convocatorias por módulo profesional es de cuatro, excepto el de Formación en Centros de Trabajo que es de dos. Con carácter excepcional, se pueden establecer convocatorias extraordinarias para aquellas personas que hayan agotado las cuatro convocatorias por motivos de enfermedad o discapacidad u otros que condicionen o impidan el desarrollo ordinario de los estudios.