Centro de FP Superior Virgen del Carmen

Instituto de Educación Secundaria Virgen del Carmen

Centro público

de la Estación, 44

23008 Jaen

Jaén

Grados Superiores impartidos en el centro Virgen del Carmen

Mapa de situación del Instituto de Educación Secundaria Virgen del Carmen

Otros grados destacados

Técnico Superior en Asistencia a la Dirección

En la administración y gestión de una empresa cada vez es más valorada la figura de Secretaria. En un ámbito laboral tan competitivo todo buen directivo necesita de una mano derecha, y ahora sin duda, con esta formación tu lo podrás ser. Ahora más que nunca la Formación Profesional avanza contigo!

Curso dirigido a:

Desde la gestión de la documentación hasta la organización de eventos corporativos, este curso abarca todos los módulos esenciales para formarte como un experto en asistencia a la dirección. Los cursos de grados superiores de FP lo harán posible. Asistente y ayuda directa para el órgano de dirección y/o gestión, con el máximo nivel de autonomía que el puesto exija. Su campo de actividad es muy amplio, ya que afecta tanto a la empresa privada (grande, mediana y pequeña) como a los despachos profesionales (abogados, médicos, ingenieros, etc.) Y a la administración pública (central, autonómica, local). Sus funciones variarán según el tipo de centro de trabajo y el nivel de órgano de gestión al que este profesional esté adscrito.

Curso de Acceso al Grado Formativo Superior de Formación Profesional

Quieres conseguir un título de Técnico superior de Formación Profesional. Tu momento ha llegado. Ahora no necesitas ninguna titulación previa para acceder a la FP de Grado Superior. Infórmate Ahora.

Curso dirigido a:

Este curso está dirigido a todas las personas que quieran acceder a realizar un programa de Grado Formativo Superior dentro de la Formación Profesional.Para ello los requisitos son ser mayor de 19 años o disponer de un título de Grado Medio de la misma familia formativa.Podrás convalidar tus conocimientos previos si dispones de:Un ciclo Formativo de grado medio.Un certificado de profesionalidad relacionado con el Ciclo Formativo que quieres cursar.Si tienes cualificación o experiencia laboral de al menos un año a jornada completa en la rama de Formación Profesional que quieres realizar.

Curso Técnico superior en Gestión y Organización de los Recursos Naturales y Paisajísticos

No dejes pasar la oportunidad que los grados superiores de FP te ofrecen. Las pruebas libres de Formación Profesional que cada año se convocan te abren las puertas a un título oficial superior en tiempo récord! Con este curso a distancia podrás aprobar a la primera.

Curso dirigido a:

Gracias a este curso FP podrás ser Técnico Superior rápidamente, pudiendo trabajar como: Encargado de explotaciones forestales. Encargado de máquinas y equipos agrícolas. Gestor cinegético. Viverista. Jefe de taller rural. Silvicultor. Agente de medio ambiente. Encargado de control del medio natural. Guía de la naturaleza. Colaborador de centros de interpretación de la naturaleza. Encargado de piscifactorías. Responsable de obra de jardinería a pie de obra. Encargado de prevención y extinción de incendios forestales. Colaborador en gabinetes de educación ambiental. Colaborador en laboratorios de investigación y control.

Preguntas Frecuentes

¿Cuáles son las ventajas más destacables de la Formación Profesional Dual para los centros?

  • Incrementar el número de personas que puedan cualificarse a través de las enseñanzas de Formación profesional por el atractivo de acercarse a los centros de trabajo desde el comienzo de las enseñanzas
  • Potenciar la relación del profesorado y del centro de formación profesional con las empresas del sector y favorecer la transferencia de conocimientos. Tanto los equipos docentes, como los propios centros, se encuentran en continuo proceso de actualización y mejora.
  • Fomentar la actualización a tiempo real del profesorado, las empresas pueden ofrecer la realización de estancias de los profesores en sus centros de trabajo y para colaborar en los proyectos de innovación de los centros de FP.
  • Aumentar la vinculación y responsabilidad social corporativa de la empresa en la formación en los centros de FP de su ámbito territorial.
  • Lograr la disminución del abandono escolar temprano, junto con otras medidas, los proyectos que acercan los centros a la realidad empresarial son un incentivo para la vuelta a las aulas.

Si en el centro en el que está escolarizado actualmente un alumno o una alumna hay oferta de ciclos de FPB y a este o esta le interesa cursar otro título implantado en otro centro, ¿puede escolarizarse en ese otro centro?

El alumno o la alumna obligatoriamente tiene que solicitar en primer lugar un ciclo formativo de FPB en un centro de adscripción preferente, teniendo prioridad en el de su propio centro. Podrá solicitar también otros ciclos formativos de FPB de otros centros, pero podrá acceder siempre y cuando haya plazas libres después de la escolarización del alumnado al que le corresponda por preferencia, sabiendo que no tendrá derecho al transporte en caso de tratarse de un centro no preferente.

¿El alumnado que cumpla 18 años en el año natural del curso ¿puede acceder a un ciclo formativo de FPB?

Lo podrá hacer en los Centros de Educación de Personas Adultas en los que se oferte esta enseñanza y, excepcionalmente, si quedan plazas vacantes y es autorizado por la Administración Educativa, podrá cursarlo en un Instituto de Educación Secundaria.

¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?

a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.

b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.

A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.

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