Centro privado
Rua ANGUSTIAS, 31 - BAIXO
15703 Santiago de Compostela
A Coruña
El curso de FP, Técnico superior en Instalaciones Electrotécnicas te permite obtener todos los conocimientos de manera natural, ,ágil y cómoda para que aprendas todo aquello que envuelve a la profesión de electricista. Ya sea para gestionar tu propio taller o mantener la distribución energética de un gran centro.
Curso dirigido a:
A todas aquellas personas que quieran ejercer su actividad profesional en el sector de la electricidad y la electrónica. Ya sea en ámbito público o privado, o creando su propia empresa. Con nuestros métodos de enseñanza adquirirás los conocimientos de manera natural y a tu ritmo. Con los nuevos cursos de grados superiores: Líneas eléctricas de distribución de energía eléctrica en media y baja tensión. Instalaciones de electrificación en baja tensión para viviendas y edificios. Instalaciones singulares (antenas, telefonía, interfonía, megafonía, seguridad y energía solar fotovoltaica) para viviendas y edificios. Instalaciones automatizadas "domóticas" de gestión técnica, para viviendas y edificios. Técnico en supervisión, verificación y control de equipos e instalaciones electrotécnicas.
La Formación Profesional avanza contigo, consigue tu título oficial de Técnico Superior en Topografía gracias a este curso a distancia. Los grados superiores te permitirán profesionalizarte en aquello que más te apasiona!
Curso dirigido a:
Estas son solo algunas de las salidas profesionales que te brinda la FP de grado superior: Ayudante topógrafo. Delineante proyectista de infraestructuras y urbanismo. Delineante de topografía. Delineante de trazados varios. Auxiliar técnico de obra: Técnicos en cubicaciones de obras de tierra. Técnicos en trabajos de campo. Técnico en levantamientos. Técnico en replanteos. Técnico agrimensor. Técnico en parcelaciones. Técnico en nivelaciones. Ayudante de organización.
El impacto de la hostelería en nuestra economía es muy elevado, y los profesionales en dirección de servicios de restauración son cada vez más demandados en el mercado laboral. Consigue el título de técnico superior en dirección de servicios de restauración y tendrás una profesión de presente y futuro.
Curso dirigido a:
En el sector turístico, en especial en el subsector de los alojamientos turísticos tanto hoteleros como extrahoteleros, incluyendo algunos tipos afines como las residencias sanitarias, hospitalarias y de estudiantes, entre otras. Algunos de los puestos de trabajados que podrás desempeñar con este titulo FP grado superior: Jefe de recepción. Encargado de reservas. Jefe de reservas. Coordinador de calidad. Gobernanta o encargada general del servicio de pisos y limpieza. Subgobernanta o encargada de sección del servicio de pisos y limpieza. Gestor de alojamiento en residencias, hospitales y similares. Gestor de alojamiento en casas rurales. Coordinador de eventos. Jefe de ventas en establecimientos de alojamientos turísticos. Comercial de establecimientos de alojamientos turísticos. Subdirector de alojamientos de establecimientos turísticos. La formacion profesional también te permite seguir estudiando: Cursos de especialización profesional. Otro Ciclo de Formación Profesional de Grado Superior con la posibilidad de establecer convalidaciones de módulos. Enseñanzas Universitarias con la posibilidad de establecer convalidaciones.
Los títulos de Formación Profesional y certificados de profesionalidad tienen carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.
En los Estados miembros de la Unión Europea y demás Estados firmantes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega), tendrán los efectos que les correspondan con arreglo a la normativa de la Unión Europea relativa al sistema general de reconocimiento de la Formación Profesional.
Fuera de este marco europeo habrá que estar a la legislación aplicable de cada país y a los convenios y acuerdos que tengan con España y Europa.
En el caso de que los alumnos no superen alguno de los módulos profesionales, las Administraciones educativas, en el marco de la normativa vigente, establecerán las medidas necesarias para facilitarles la obtención del título; entre otras, la ampliación de la duración del proyecto, el traslado de centro o la finalización del programa formativo en un centro educativo.
Si se está cursando los estudios en una Comunidad Autónoma y se toma la decisión de continuar los estudios en otra, se ha de tener en cuenta que el plan de formación en cada Comunidad puede no ser idéntico, por lo que previamente, se recomienda analizar los módulos profesionales de los currículos de los títulos de ambas Administraciones, ya que, podría producirse la situación de que tuviera que matricularse de nuevos módulos profesionales propios del desarrollo curricular autonómico y posteriormente una vez matriculado, podría realizar el traslado de calificaciones en los módulos profesionales con el mismos códigos superados a cualquiera de los ciclos en los que dichos módulos estén incluidos y en su caso solicitar de la convalidación de aquellos módulos superados en el nuevo centro educativo en el que vaya a continuar los estudios conforme a la normativa.
Los módulos profesionales convalidados se calificarán con un 5, a efectos de obtención de la nota media.
Las convalidaciones de los módulos profesionales que no estén incluidos en las enseñanzas mínimas que regulen los títulos de formación profesional y que completen los contenidos del currículo de las Comunidades autónomas serán solicitadas en la Comunidad Autónoma correspondiente.
a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.
b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.
c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.
A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.