Centros de Grado Superior en Lugo

Ponemos a tu disposición todos los catos de contacto de los centros de formación profesional de grado superior en Lugo. Accede a información más específica sobre el centro y la FP pulsando el enlace que aparece en el nombre de cada centro.

  • , EDA/de Sober. Lugo
  • , PJ/Penamaior s/n. Lugo
  • , CTRA. DE VEGADEO, 56. Lugo
  • , AV/de Madrid 75. Lugo
  • , Rua Concepción Arenal, 18 - baixo. Lugo
  • , C/.MONTE FARO, 43 BAJO. Lugo
  • , Pazo de Rivas, 66. Lugo
  • , POL.IND.DO CEAO,RUA DA TERRA- C.DEPORTIVO. Lugo
  • , AV/da Terra Cha, s/n (Castro). Lugo
  • , Rua Castelo s/n. Lugo
  • , LG/de Bonxe. Lugo
  • , Rua Castelao s/n. Lugo
  • , Rua Alfredo Brañas s/n. Lugo
  • , Rua Salvador Arotzamena. Lugo
  • , PRA/Ulloa s/n. Lugo
  • , RDA/das Fontiñas 222. Lugo
  • , Rua Marmoiral s/n. Lugo
  • , Rua Doutor Casares 63-67. Lugo
  • , PLAZA DE SANTO DOMINGO, 9-1º. Lugo
  • , Rua Castelao s/n. Lugo
  • , Rua Agramonte. Lugo
  • , Rua Orquídea 45. Lugo
  • , Rua Quart de Poblet s/n. Lugo
  • , AV/Rodriguez Mourelo s/n. Lugo
  • , Rua Misericordia 58. Lugo
  • , Rua A Veiga (San Cibrao) s/n. Lugo
  • , Rua OS MATOS s/n. Lugo
  • , Rua Angelo Colocci, s/n. Lugo
  • , AV/Ramón Ferreiro s/n. Lugo
  • , Rua Vila Verde 25 Baixo. Lugo
  • , Rua do Instituto s/n. Lugo
  • , Rua Xermade, s/n (Guitiriz). Lugo
  • , Rua Armando Duran 3. Lugo
  • , AV/LUARCA. Lugo
  • , Rua San Pedro s/n. Lugo
  • , AV/As San Lucas 33. Lugo
  • , AV/DAS FONTIÑAS 171. Lugo
  • , Rua Frei Plácido Rey Lemos s/n. Lugo
  • , AV/de Monforte s/n. Lugo
  • , Rua Dr.Yáñez Rebolo 58 B. Lugo
  • , Rua PAXARIÑOS 6. Lugo
  • , Rua Anxel Fole, s/n (Zona escolar). Lugo
  • Preguntas Frecuentes

    ¿Qué titulación necesito para acceder a un Ciclo Formativo de Grado Superior?

    Para acceder a un CFGS es necesario haber superado la Prueba de Acceso a Grado Superior o tener uno de los siguientes títulos: Bachillerato LOGSE, Prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años, COU, FPII, Otros Ciclos Formativos de Grado Superior u otro título oficial equivalente o superior a cualquiera de los anteriores.

    ¿Necesito matricularme previamente de un módulo profesional del que voy a solicitar convalidación?

    Los requisitos generales para solicitar una convalidación son:

    • Matricularse en las enseñanzas que se pretenden convalidar.
    • Solicitarlo a la dirección del centro educativo donde se haya formalizado la matrícula.
    • Haber superado una formación con validez académica que incluya totalmente las capacidades terminales o resultados de aprendizaje y contenidos mínimos de los módulos profesionales de los ciclos formativos susceptibles de convalidación.

    Siempre que exista normativa vigente a aplicar, estas convalidaciones debe resolverlas la dirección del centro educativo donde el/la solicitante se haya matriculado, en caso contrario, deben ser resueltas, de forma individualizada, por la Dirección General de Formación Profesional del Ministerio de Educación.

    Los módulos profesionales convalidados se calificarán con un 5, a efectos de obtención de la nota media.

    ¿Qué es un ciclo formativo? ¿Es lo mismo que un módulo?

    Cada título de Formación Profesional es un “ciclo formativo” y no un “módulo” como muchas personas piensan.

    Los módulos profesionales son sólo una parte de un ciclo formativo. Es el equivalente a una asignatura en otro tipo de estudios. Para obtener un título de Formación Profesional es necesario haber superado todos los módulos que lo componen.

    ¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?

    a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.

    b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

    c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.

    A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.

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