Grado de Administración y Finanzas en Granada

Estos son los centros de Granada que imparten los estudios de formación profesional de grado superior de Administración y Finanzas . Puedes ampliar información sobre ellos pulsado en el enlace de cada uno de ellos.

  • , Corredera, 45. Granada
  • , Buenos Aires, 68. Granada
  • , Buensuceso, 12. Granada
  • , Fray Juan Sánchez Cotán , 40. Granada
  • , Lo Colorado, s/n. Granada
  • , de Murcia, s/n. Granada
  • , Julio Moreno Dávila, 18. Granada
  • , Arandas, 10. bajo. Granada
  • , Gran Capitán, 14. Granada
  • , Federico García Lorca s/n. Granada
  • , Profesor Luis Molina Gómez, s/n. Granada
  • , Periodista Eduardo Molina Fajardo, 38. Granada
  • , Huerta del Rasillo, s/n. Granada
  • , Celestino Mutis, 1. Granada
  • , Conde Cifuentes, 33-Bajos. Granada
  • , Granada, s/n. Granada
  • , Menéndez y Pelayo, 40. Granada
  • , de Las Palmeras, s/n. Granada
  • , de la Sierra, 15. Granada
  • , de Priego, s/n. Granada
  • , Gonzalo Gallas, s/n. Granada
  • , Almuñécar, 9. Granada
  • , Cañaveral, s/n. Granada
  • , García Lorca, 44. Granada
  • , Arenillas, s/n. Granada
  • , Diputación, s/n. Granada
  • , Primavera, 26-28. Granada
  • Preguntas Frecuentes

    ¿Cuál es el periodo máximo que puede permanecer un alumno o una alumna en un ciclo formativo de FPB?

    Puede permanecer como máximo cuatro años, dos años por cada curso de FPB.

    En caso de que un alumno o una alumna cumpla las condiciones de acceso pero no tiene el consejo orientador, si la familia quiere que acceda a un ciclo formativo de FPB, ¿puede acceder?

    No. Son necesarios los tres requisitos: las condiciones de acceso, el consejo orientador y el consentimiento familiar.

    ¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?

    a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.

    b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

    c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.

    A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.

    ¿Necesito matricularme previamente de un módulo profesional del que voy a solicitar convalidación?

    Los requisitos generales para solicitar una convalidación son:

    • Matricularse en las enseñanzas que se pretenden convalidar.
    • Solicitarlo a la dirección del centro educativo donde se haya formalizado la matrícula.
    • Haber superado una formación con validez académica que incluya totalmente las capacidades terminales o resultados de aprendizaje y contenidos mínimos de los módulos profesionales de los ciclos formativos susceptibles de convalidación.

    Siempre que exista normativa vigente a aplicar, estas convalidaciones debe resolverlas la dirección del centro educativo donde el/la solicitante se haya matriculado, en caso contrario, deben ser resueltas, de forma individualizada, por la Dirección General de Formación Profesional del Ministerio de Educación.

    Los módulos profesionales convalidados se calificarán con un 5, a efectos de obtención de la nota media.

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