Centros de Grado Superior en Ciudad Real
Ponemos a tu disposición todos los catos de contacto de los centros de formación profesional de grado superior en Ciudad Real. Accede a información más específica sobre el centro y la FP pulsando el enlace que aparece en el nombre de cada centro.
Preguntas Frecuentes
¿Cómo se elabora el catálogo de títulos de Formación Profesional y certificados de profesionalidad?
Las cualificaciones profesionales más significativas del sistema productivo español se han agrupado en 26 familias profesionales, atendiendo a criterios de afinidad de la competencia profesional de las ocupaciones y puestos de trabajo detectados. Estas familias profesionales son la base para elaborar la oferta educativa de los títulos de Formación Profesional y certificados de profesionalidad.
¿Cuándo y dónde tengo que hacer la matrícula en las pruebas libres de FP?
Los plazos de las pruebas libres son siempre en épocas diferentes a los de la matrícula ordinaria y también variables de una comunidad a otra.
Es importante destacar que, al ser una modalidad más de Formación Profesional, es cada comunidad la que decide qué títulos se ofrecen mediante pruebas y no todos los títulos se convocan anualmente. También hay comunidades que no tienen esta opción de pruebas libres. Algunas hacen convocatoria únicamente de títulos antiguos LOGSE, otras de los nuevos (LOE), y otras de ambos sistemas.
¿Qué ocurre con aquel alumnado que vaya a repetir el primer curso de PCE o un PCP?
Este alumnado tendrá prioridad para cursar un 1º de ciclo formativo de FPB, siempre que reúna las condiciones de edad. Recibirá una certificación de los módulos aprobados del PCE/PCP.
¿Qué requisitos de acceso necesito para poder estudiar un ciclo de Formación Profesional Básica?
PARA CURSAR UN CICLO DE FP BÁSICA SE NECESITA:
El acceso a los ciclos de Formación Profesional Básica requerirá el cumplimiento simultáneo de las siguientes condiciones:
- Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso o durante el año natural en curso
- Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de la Educación Secundaria Obligatoria.
- Haber propuesto el equipo docente a los padres, madres o tutores legales la incorporación del alumno o alumna a un ciclo de Formación Profesional Básica.