Grado de Automoción en Castellón

Estos son los centros de Castellón que imparten los estudios de formación profesional de grado superior de Automoción. Puedes ampliar informació nsobre ellos pulsado en el enlace de cada uno de ellos.

  • BOTÀNIC CAVANILLES, CL JAUME I 60. Castellón
  • JOSÉ VILAPLANA, AV GIL DE ATROCILLO S/N. Castellón
  • POLITÈCNIC, CL CANTO DE CASTALIA 1. Castellón
  • Preguntas Frecuentes

    ¿Qué ocurre con el alumnado de 1º de PCE que pase a 2º curso con algún módulo pendiente?

    El equipo educativo establecerá las medidas necesarias para recuperar el o los módulos pendientes.

    ¿Qué son los cursos de especialización?

    Los cursos de especialización sólo pueden realizarse una vez que ya se tenga un título de Formación Profesional, ya sea de grado medio o superior. Van a completar, dentro de su mismo nivel formativo, las competencias profesionales del título de referencia y facilitar el aprendizaje a lo largo de la vida.
    Estos cursos, con carácter general, tienen una duración de entre 300 y 600 horas lectivas. No obstante, hay que mencionar que todavía no están implantados en el sistema educativo.

    ¿Es común el calendario de inscripción y matricula?

    No, hay que tener en cuenta que al convivir distintas ofertas formativas, tanto de Comunidades Autónomas como del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, puede haber variaciones en calendarios, convocatorias, sistemas de matrícula, etc., por lo que hay que consultar la oferta concreta en la que se decida cursar estos estudios. Pero la Titulación Oficial obtenida es igual para toda la oferta de Formación Profesional Inicial en cualquier modalidad.

    Aún así, la superación de todos los módulos de un ciclo formativo conllevará la obtención de una titulación oficial válido en todo el territorio nacional y con los mismos efectos de cualquier modalidad en la oferta de Formación Profesional Inicial.

    ¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?

    a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.

    b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

    c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.

    A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.

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