Centros de Grado Superior en Almería
Ponemos a tu disposición todos los catos de contacto de los centros de formación profesional de grado superior en Almería. Accede a información más específica sobre el centro y la FP pulsando el enlace que aparece en el nombre de cada centro.
Preguntas Frecuentes
¿Cuáles son las ventajas más destacables de la Formación Profesional Dual para los centros?
- Incrementar el número de personas que puedan cualificarse a través de las enseñanzas de Formación profesional por el atractivo de acercarse a los centros de trabajo desde el comienzo de las enseñanzas
- Potenciar la relación del profesorado y del centro de formación profesional con las empresas del sector y favorecer la transferencia de conocimientos. Tanto los equipos docentes, como los propios centros, se encuentran en continuo proceso de actualización y mejora.
- Fomentar la actualización a tiempo real del profesorado, las empresas pueden ofrecer la realización de estancias de los profesores en sus centros de trabajo y para colaborar en los proyectos de innovación de los centros de FP.
- Aumentar la vinculación y responsabilidad social corporativa de la empresa en la formación en los centros de FP de su ámbito territorial.
- Lograr la disminución del abandono escolar temprano, junto con otras medidas, los proyectos que acercan los centros a la realidad empresarial son un incentivo para la vuelta a las aulas.
¿Si he estudiado otro ciclo puedo convalidar algún módulo?
Sí hay muchos módulos que se convalidan de un ciclo a otro como por ejemplo el Inglés.
¿Cuál es el periodo máximo que puede permanecer un alumno o una alumna en un ciclo formativo de FPB?
Puede permanecer como máximo cuatro años, dos años por cada curso de FPB.
¿Qué centros de FP están autorizados para ofertar proyectos de Formación Profesional Dual?
Aquellos centros de Formación Profesional , tanto públicos como privados, que habiendo presentado la debida solicitud de autorización, establezcan convenios de colaboración con empresas del sector correspondiente, en tiempo y forma en su Consejería competente en materia de Educación, hayan sido aprobados por las autoridad correspondiente, de acuerdo con lo que determine la normativa autonómica.