Centro público
AV/Montecelo 16
36161 Pontevedra
Pontevedra
Curso y título que te permitirán tener un amplio conocimiento del mundo del Turismo. Acredita todas tus habilidades y conviértete en un profesional muy demandado, desde promotor turístico hasta organizador de ferias y eventos. No dejes pasar la oportunidad de convertir tu pasión en tu profesión.
Curso dirigido a:
En el sector turístico, en especial en el subsector de los alojamientos turísticos tanto hoteleros como extrahoteleros, incluyendo algunos tipos afines como las residencias sanitarias, hospitalarias y de estudiantes, entre otras. Algunos de los puestos de trabajados que podrás desempeñar con este titulo FP grado superior: Jefe de recepción. Encargado de reservas. Jefe de reservas. Coordinador de calidad. Gobernanta o encargada general del servicio de pisos y limpieza. Subgobernanta o encargada de sección del servicio de pisos y limpieza. Gestor de alojamiento en residencias, hospitales y similares. Gestor de alojamiento en casas rurales. Coordinador de eventos. Jefe de ventas en establecimientos de alojamientos turísticos. Comercial de establecimientos de alojamientos turísticos. Subdirector de alojamientos de establecimientos turísticos. La formacion profesional también te permite seguir estudiando: Cursos de especialización profesional. Otro Ciclo de Formación Profesional de Grado Superior con la posibilidad de establecer convalidaciones de módulos. Enseñanzas Universitarias con la posibilidad de establecer convalidaciones.
Como técnico superior en mantenimiento electrónico tendrás una profesión demandada por el sector industrial, que requiere de personal cualificado que resuelva las incidencias del mundo electrónico. Entérate como conseguir un futuro estable.
Curso dirigido a:
Si la cocina es tu pasión y quieres convertirla en tu profesión, la FP te ayuda a conseguirlo. Obtendrás un título oficial y una profesión que te permitirá dirigir las actividades de una cocina en cualquier centro de hostelería. Infórmate como conseguirlo.
Curso dirigido a:
Desarrollarás tu actividad profesional tanto en grandes como en medianas y pequeñas empresas, principalmente del sector de hostelería y, en concreto, del subsector de restauración, pudiendo actuar en los pequeños establecimientos, en muchas ocasiones, como propietario o propietaria y responsable de cocina simultáneamente. Aunque tu actividad profesional se desarrolle habitualmente en establecimientos de carácter privado, también podrás desarrollarla en establecimientos públicos, fundamentalmente cuando se ubica en el sector educativo, sanitario o de servicios sociales. Cuando no actúes por cuenta propia, realizarás tus funciones bajo la dependencia de la dirección del establecimiento, sea éste un hotel u otro tipo de alojamiento o establecimiento de restauración. Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes: Director de alimentos y bebidas. Director de cocina. Jefe de producción en cocina. Jefe de cocina. Segundo jefe de cocina. Jefe de operaciones de catering. Jefe de partida. Cocinero. Encargado de economato y bodega.
Sí, se puede pasar de curso siempre que los módulos no superados no supongan más de un 20% del total de horas lectivas del curso. De lo contrario, el alumno tendrá que repetir los módulos no superados sin poder matricularse de módulos nuevos.
No se pueden simultanear dos o más estudios, en régimen oficial y a tiempo completo en centros oficiales sostenidos con fondos públicos, excepto si se trata de enseñanzas de música, danza, enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, enseñanzas oficiales de idiomas o enseñanzas deportivas.
a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.
b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.
c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.
A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.
Aquellos centros de Formación Profesional , tanto públicos como privados, que habiendo presentado la debida solicitud de autorización, establezcan convenios de colaboración con empresas del sector correspondiente, en tiempo y forma en su Consejería competente en materia de Educación, hayan sido aprobados por las autoridad correspondiente, de acuerdo con lo que determine la normativa autonómica.