Grado de Realización de Proyectos de Audiovisuales y Espectáculos en Navarra

Estos son los centros de Navarra que imparten los estudios de formación profesional de grado superior de Realización de Proyectos de Audiovisuales y Espectáculos. Puedes ampliar información sobre ellos pulsado en el enlace de cada uno de ellos.

  • , AVD. MARCELO CELAYETA, 75, NAVE A2 (EDIFICIO IWER). Navarra
  • Preguntas Frecuentes

    ¿Qué nivel de conocimientos informáticos necesito tener para poder cursar FP a Distancia?

    Para poder seguir este tipo de formación debes poseer unos conocimientos básicos del uso de un ordenador personal, Internet (navegación en páginas web, e-mail, etc.)y programas de visualización y edición de texto(Word, .pdf., etc.). Si el ciclo requiere alguna competencia digital adicional vendrá especificada en la ficha informativa de éste.

    ¿Es posible convalidar los módulos profesionales?

    Sí, los módulos profesionales pueden ser objeto de convalidación. Puesto que los requisitos y efectos de las convalidaciones están determinados en la normativa vigente en cada momento y por la complejidad de la casuística, se recomienda consultar >la sección de convalidaciones en cada comunidad autónoma.

    ¿Es lo mismo el antiguo título de Técnico Especialista (FP II) que el título actual de Técnico Superior?

    Ambos títulos tienen los mismos efectos académicos y profesionales en la correspondiente especialidad. Las equivalencias exactas entre estos títulos las puedes consultar en apartado Equivalencias.

    Si en el centro en el que está escolarizado actualmente un alumno o una alumna hay oferta de ciclos de FPB y a este o esta le interesa cursar otro título implantado en otro centro, ¿puede escolarizarse en ese otro centro?

    El alumno o la alumna obligatoriamente tiene que solicitar en primer lugar un ciclo formativo de FPB en un centro de adscripción preferente, teniendo prioridad en el de su propio centro. Podrá solicitar también otros ciclos formativos de FPB de otros centros, pero podrá acceder siempre y cuando haya plazas libres después de la escolarización del alumnado al que le corresponda por preferencia, sabiendo que no tendrá derecho al transporte en caso de tratarse de un centro no preferente.

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