Centros de Grado Superior en Córdoba
Ponemos a tu disposición todos los catos de contacto de los centros de formación profesional de grado superior en Córdoba. Accede a información más específica sobre el centro y la FP pulsando el enlace que aparece en el nombre de cada centro.
Preguntas Frecuentes
¿Es lo mismo el antiguo título de Técnico Especialista (FP II) que el título actual de Técnico Superior?
Ambos títulos tienen los mismos efectos académicos y profesionales en la correspondiente especialidad. Las equivalencias exactas entre estos títulos las puedes consultar en apartado Equivalencias.
¿En los ciclos de Formación Profesional, es obligatorio matricularse de todos los módulos que componen un curso académico?
En la Formación Profesional presencial sí, en la Formación Profesional a distancia no, ya que esta última modalidad permite, en atención a los intereses del alumno, hacer una matricula parcial, matriculándose de menos módulos por curso, o al contrario, intensificar los estudios y matricularse de más.
¿Cuáles son los criterios que establecen la preferencia entre los aspirantes a los ciclos de Formación Profesional?
- Para los ciclos de grado medio, la nota media del expediente académico.
- Para los ciclos de grado superior, en primer lugar se tiene en cuenta la modalidad y materia de Bachillerato cursada y en segundo lugar la nota media del expediente académico.
- En el caso de la Formación Profesional a distancia o semipresencial, se tiene en cuenta la experiencia profesional relaciona con los estudios a realizar y la nota media del expediente académico.
¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?
a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.
b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.
c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.
A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.