Centro público
CL ALCALDE ANTONIO MARTÍNEZ 15
03340 Albatera
Alicante
Adéntrate en el mundo de la tecnología y gestiona redes y sistemas informáticos. Conviértete en el experto en IT que toda empresa moderna necesita.
Curso dirigido a:
En un mundo cada vez más conectado, la administración de sistemas y redes es esencial. Al formarte como Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos en Red, tendrás la oportunidad de trabajar en empresas tecnológicas, startups innovadoras, centros de datos y mucho más. Tu habilidad para garantizar la operatividad y seguridad de los sistemas será tu pasaporte a un mundo lleno de oportunidades en el sector IT. Este curso está dirigido a personas que quieran convertirse en profesionales, garantizándose un empleo con mucho futuro y con un alto grado de inserción laboral. Técnico en administración de sistemas. Responsable de informática. Técnico en servicios de Internet. Técnico en servicios de mensajería electrónica. Personal de apoyo y soporte técnico. Técnico en teleasistencia. Técnico en administración de base de datos. Técnico de redes. Supervisor de sistemas. Técnico en servicios de comunicaciones. Técnico en entornos web.
Quieres conseguir un título de Técnico superior de Formación Profesional. Tu momento ha llegado. Ahora no necesitas ninguna titulación previa para acceder a la FP de Grado Superior. Infórmate Ahora.
Curso dirigido a:
Este curso está dirigido a todas las personas que quieran acceder a realizar un programa de Grado Formativo Superior dentro de la Formación Profesional.Para ello los requisitos son ser mayor de 19 años o disponer de un título de Grado Medio de la misma familia formativa.Podrás convalidar tus conocimientos previos si dispones de:Un ciclo Formativo de grado medio.Un certificado de profesionalidad relacionado con el Ciclo Formativo que quieres cursar.Si tienes cualificación o experiencia laboral de al menos un año a jornada completa en la rama de Formación Profesional que quieres realizar.
Consigue tu título oficial de FP de Técnico superior en Prevención de Riesgos y conviértete en el compañero que todo el mundo en la empresa va a querer tener a su lado. Ya sea como formación única o complementaria, este título te pone por delante de los demás.
Curso dirigido a:
Para aquellas personas que quieran ejercer su actividad profesional en el sector del mantenimiento y servicios a la producción. Ya sea en el ámbito público o privado, o hasta creando tu propia empresa. Ideal como formación complementaria, asegúrate un bonus por parte de tu empresa por ejercer de Técnico Superior en Prevención de Riesgos profesionales
Los módulos profesionales convalidados se calificarán con un 5, a efectos de obtención de la nota media.
Siempre que exista normativa vigente a aplicar, estas convalidaciones debe resolverlas la dirección del centro educativo donde el/la solicitante se haya matriculado, en caso contrario, deben ser resueltas, de forma individualizada, por la Dirección General de Formación Profesional del Ministerio de Educación.
Cada título de Formación Profesional es un “ciclo formativo” y no un “módulo” como muchas personas piensan.
Los módulos profesionales son sólo una parte de un ciclo formativo. Es el equivalente a una asignatura en otro tipo de estudios. Para obtener un título de Formación Profesional es necesario haber superado todos los módulos que lo componen.
Las personas que superen un ciclo formativo de FPB tienen acceso directo a un ciclo formativo de grado medio, con preferencia para las diferentes familias profesionales de acuerdo con la especialidad.
a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.
b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.
c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.
A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.