Grado de Prevención de riesgos profesionales en Tarragona
Estos son los centros de Tarragona que imparten los estudios de formación profesional de grado superior de Prevención de riesgos profesionales. Puedes ampliar información sobre ellos pulsado en el enlace de cada uno de ellos.
Preguntas Frecuentes
¿Qué ocurre con aquel alumnado que vaya a repetir el primer curso de PCE o un PCP?
Este alumnado tendrá prioridad para cursar un 1º de ciclo formativo de FPB, siempre que reúna las condiciones de edad. Recibirá una certificación de los módulos aprobados del PCE/PCP.
He estudiado un ciclo de FP y ahora voy a hacer otro. ¿Me convalidan algún módulo?
Si es posible, pero para poder solicitarla ha de estar matriculado en el nuevo ciclo que quiera cursar y hacer una instancia al director del centro. Será desde la secretaría de este centro desde donde se tramitará y obtendrá toda la información sobre este procedimiento.
La información general sobre estas convalidaciones la tiene usted aquí.
Tiene que consultar además las Orientaciones sobre convalidaciones que están también en nuestra página de TodoFP:
¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?
a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.
b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.
c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.
A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.
Tengo experiencia profesional en el Ciclo Formativo que estudio, ¿puedo solicitar la exención del módulo de FCT?
Podrá solicitar la exención total o parcial del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo, el alumnado matriculado en dicho módulo que acredite una experiencia laboral mínima de un año (atendiendo al cómputo correspondiente a una jornada laboral completa), relacionada con el ciclo formativo en el que esté matriculado.
La experiencia laboral debe garantizar que el alumnado tiene adquiridos los resultados de aprendizaje recogidos en el currículo del módulo profesional de FCT.