Grado de Prevención de riesgos profesionales en Tarragona
Estos son los centros de Tarragona que imparten los estudios de formación profesional de grado superior de Prevención de riesgos profesionales. Puedes ampliar información sobre ellos pulsado en el enlace de cada uno de ellos.
Preguntas Frecuentes
¿Qué son los certificados de profesionalidad?
El certificado de profesionalidad acredita que una persona tiene las cualidades y capacidades necesarias para el desarrollo de una determinada actividad laboral con significación para el empleo. Se trata de una acreditación oficial de las cualificaciones profesionales del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales y es otorgado por la Administración Laboral.
¿Qué requisitos de acceso se exigen para los Ciclos Formativos de grado medio?
- Estar en posesión del título de Educación Secundaria.
- Estar en posesión de un título de Técnico o de Técnico Auxiliar.
- Tener superado el segundo curso de Bachillerato Unificado Polivalente (BUP).
- Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio(se requerirá tener, al menos, diecisiete años, cumplidos en el año de realización de la prueba).
¿Cómo se podrá conocer la oferta de especialidades de ciclos formativos de FPB y los centros donde se van a impartir?
La administración educativa enviará a los centros educativos el listado con los grupos de FPB autorizados, detallando los centros de adscripción preferente para cada uno. Además estará publicada la oferta en la página Web para la consulta de las familias.
¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?
a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.
b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.
c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.
A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.