Grado de Audiología Protésica en Sevilla
Estos son los centros de Sevilla que imparten los estudios de formación profesional de grado superior de Audiología Protésica. Puedes ampliar información sobre ellos pulsado en el enlace de cada uno de ellos.
Preguntas Frecuentes
¿Qué es un módulo profesional?
Los ciclos de Formación Profesional no se organizan en asignaturas sino en módulos profesionales. Cada curso escolar está compuesto por una serie de módulos, y la superación de todos dará lugar a la obtención del título correspondiente. Los módulos son de duración variable, es decir, no tienen las mismas horas. La superación de un módulo es definitiva, con lo cual, si el alumno no supera todos los módulos necesarios para pasar de curso, sólo tendrá que repetir los módulos que no haya superado.
¿Qué son los centros de adscripción preferente?
Se trata de uno o varios centros educativos asociados por proximidad al centro del que procede el alumnado propuesto y que deberá elegirse siempre en primer lugar por la familia. En algunos casos será el propio centro en el que está escolarizado actualmente el alumno o la alumna.
He estudiado un ciclo de FP y ahora voy a hacer otro. ¿Me convalidan algún módulo?
Si es posible, pero para poder solicitarla ha de estar matriculado en el nuevo ciclo que quiera cursar y hacer una instancia al director del centro. Será desde la secretaría de este centro desde donde se tramitará y obtendrá toda la información sobre este procedimiento.
La información general sobre estas convalidaciones la tiene usted aquí.
Tiene que consultar además las Orientaciones sobre convalidaciones que están también en nuestra página de TodoFP:
¿Dónde se puede ejercer la profesión con un título de Formación Profesional obtenido en Canarias o en otra Comunidad Autónoma?
Los títulos de Formación Profesional y certificados de profesionalidad tienen carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.
En los Estados miembros de la Unión Europea y demás Estados firmantes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega), tendrán los efectos que les correspondan con arreglo a la normativa de la Unión Europea relativa al sistema general de reconocimiento de la Formación Profesional.
Fuera de este marco europeo habrá que estar a la legislación aplicable de cada país y a los convenios y acuerdos que tengan con España y Europa.