Grado de Estética Integral y Bienestar en Sevilla
Estos son los centros de Sevilla que imparten los estudios de formación profesional de grado superior de Estética Integral y Bienestar. Puedes ampliar información sobre ellos pulsado en el enlace de cada uno de ellos.
Preguntas Frecuentes
¿Qué son las pruebas libres para la obtención de títulos?
Mediante la realización de estas pruebas se puede obtener un título de Formación Profesional presentándose a un examen, sin necesidad de cursar ningún ciclo formativo. Se puede presentar cualquiera que cumpla los requisitos de acceso al correspondiente ciclo formativo. No obstante, hay que tener en cuenta que están destinadas a personas que tienen una experiencia profesional considerable en un ámbito determinado pero no tienen titulación o para aquellas que han realizado estudios de Formación Profesional sin haberlos concluido.
Se puede consultar el calendario de pruebas libres en las distintas Comunidades Autónomas en esta página Web.
¿Qué es la Formación Profesional?
La Formación Profesional comprende el conjunto de enseñanzas teórico-prácticas que capacitan al alumno para el desempeño cualificado de las distintas profesiones, para su empleabilidad y para la participación activa en la vida social, cultural y económica.
¿Se puede pasar de un curso inferior a un curso superior de un ciclo formativo si no se han superado todos lo módulos del curso?
Sí, se puede pasar de curso siempre que los módulos no superados no supongan más de un 20% del total de horas lectivas del curso. De lo contrario, el alumno tendrá que repetir los módulos no superados sin poder matricularse de módulos nuevos.
¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?
a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.
b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.
c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.
A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.