Grado de Educación Infantil en Sevilla

Estos son los centros de Sevilla que imparten los estudios de formación profesional de grado superior de Educación Infantil. Puedes ampliar información sobre ellos pulsado en el enlace de cada uno de ellos.

  • , Dalia, s/n. Sevilla
  • , La Palmera, 36. Sevilla
  • , Virgen de la Estrella, 8, bajo Izquierda. Sevilla
  • , de Constantina, Km 1. Sevilla
  • , Estadio Olímpico, Isla de La Cartuja, Sector Norte, Torre Suroeste. Sevilla
  • , Campus Universitario. Sevilla
  • , Santa Clara, 3. Sevilla
  • , Carmen Gaona s/n. Sevilla
  • , Vistazul, s/n. Sevilla
  • , San Juan Bosco, 13. Sevilla
  • , Doctor Sánchez Malo, 75. Sevilla
  • , Bangladesh, 3.. Sevilla
  • , Escultor Francisco Buiza, s/n. Sevilla
  • , del Monte, 1. Sevilla
  • , Santa Vicenta María, 7. Sevilla
  • , Isabela, 1. Sevilla
  • , Fabiola, 26. Sevilla
  • , Puerto de los Alazores, s/n. Sevilla
  • , Corvina, 17. Sevilla
  • , Espinosa y Cárcel, 49. Sevilla
  • , Juan de Vera, 2. Sevilla
  • , Dr. Laffón Soto, s/n. Sevilla
  • , Hiconsa, s/n. Sevilla
  • , Pino Montano, 21-A. Sevilla
  • , Gabriel García Márquez, s/n. Apdo. correos 460. Sevilla
  • Preguntas Frecuentes

    ¿Qué requisitos de acceso necesito para poder estudiar un ciclo de Formación Profesional Básica?

    PARA CURSAR UN CICLO DE FP BÁSICA SE NECESITA:

    El acceso a los ciclos de Formación Profesional Básica requerirá el cumplimiento simultáneo de las siguientes condiciones:

    • Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso o durante el año natural en curso
    • Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de la Educación Secundaria Obligatoria.
    • Haber propuesto el equipo docente a los padres, madres o tutores legales la incorporación del alumno o alumna a un ciclo de Formación Profesional Básica.

    ¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?

    a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.

    b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

    c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.

    A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.

    ¿Dónde se estudia un ciclo formativo?

    Para saber cuáles son los ciclos formativos y en qué localidades se imparten una vez que han sido aprobados por las administraciones competentes, está el Registro Estatal de Centros Docentes y la página web de cada comunidad. Para facilitar la información en TodoFP, en cada ficha con la descripción general de cada título, hay un enlace (el primero a la derecha) con la oferta concreta de dicho ciclo. Denominado Dónde estudiar.

    Recuerde que la decisión de qué, cuándo, dónde y en qué modalidad se imparten los ciclos formativos de Formación Profesional es competencia de las Comunidades Autónomas. Ha de tener en cuenta que la publicación de un título no implica su inmediata implantación en todo el territorio nacional y por este motivo no todos los títulos se imparten ni en todas las comunidades ni en todas las modalidades.

    ¿Dónde se puede ejercer la profesión con un título de Formación Profesional obtenido en Canarias o en otra Comunidad Autónoma?

    Los títulos de Formación Profesional y certificados de profesionalidad tienen carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

    En los Estados miembros de la Unión Europea y demás Estados firmantes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega), tendrán los efectos que les correspondan con arreglo a la normativa de la Unión Europea relativa al sistema general de reconocimiento de la Formación Profesional.

    Fuera de este marco europeo habrá que estar a la legislación aplicable de cada país y a los convenios y acuerdos que tengan con España y Europa.

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