Grado de Animación de Actividades Físicas y Deportivas en La Rioja
Estos son los centros de La Rioja que imparten los estudios de formación profesional de grado superior de Animación de Actividades Físicas y Deportivas. Puedes ampliar información sobre ellos pulsado en el enlace de cada uno de ellos.
Preguntas Frecuentes
¿La formación profesional da acceso a la Universidad?
Sí, siempre y cuando sea un Título Oficial de un Ciclo Formativo de Grado Superior, y en función de la rama de la carrera universitaria a la que desees acceder.
¿Cuál es el periodo máximo que puede permanecer un alumno o una alumna en un ciclo formativo de FPB?
Puede permanecer como máximo cuatro años, dos años por cada curso de FPB.
¿Qué requisitos de acceso necesito para poder estudiar un ciclo de Formación Profesional Básica?
PARA CURSAR UN CICLO DE FP BÁSICA SE NECESITA:
El acceso a los ciclos de Formación Profesional Básica requerirá el cumplimiento simultáneo de las siguientes condiciones:
- Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso o durante el año natural en curso
- Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de la Educación Secundaria Obligatoria.
- Haber propuesto el equipo docente a los padres, madres o tutores legales la incorporación del alumno o alumna a un ciclo de Formación Profesional Básica.
¿Cómo se obtienen los certificados de profesionalidad?
El certificado de profesionalidad se puede obtener a través de las siguientes vías:
- La superación de todos los módulos formativos correspondientes al certificado de profesionalidad.
- Mediante los procedimientos para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.
- También se podrán obtener mediante la acumulación de acreditaciones parciales de las unidades de competencia que comprenda el certificado de profesionalidad.
El órgano competente para expedir los certificados de profesionalidad, sea cual sea la vía seguida para su obtención, es la Administración Laboral y no la Administración Educativa, con lo cual, si se han cursado enseñanzas de Formación Profesional que den lugar a la obtención de certificados de profesionalidad habrá que presentar ante dicha Administración Laboral el certificado de estudios correspondiente.