Grado de Automoción en Ourense

Estos son los centros de Ourense que imparten los estudios de formación profesional de grado superior de Automoción. Puedes ampliar información sobre ellos pulsado en el enlace de cada uno de ellos.

  • , Rua Universidade 18. Ourense
  • Preguntas Frecuentes

    ¿Qué requisitos de acceso se exigen para los Ciclos Formativos de grado superior?

    • Estar en posesión del título de Bachiller.
    • Estar en posesión de un título de Técnico Superior o Técnico Especialista.
    • Haber superado el Curso de Orientación Universitaria (COU).
    • Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior (se requerirá tener, al menos, diecinueve años cumplidos en el año de realización de la prueba, o dieciocho años si se tiene un título de grado medio).

    ¿Tendré profesores para cada módulo que me solucionen las dudas?

    Los profesores que imparten estas enseñanzas tienen una relación personalizada con cada uno de sus alumnos y están en contacto con ellos de forma permanente a través de las diferentes posibilidades que permite la plataforma (corrección de las actividades, correos electrónicos, comunicación instantánea conforme al horario de atención del profesorado, participación en foros, etc.).

    Su función es la misma que si estuvieran en el aula, con la única diferencia de que utilizan distintos tipos de herramientas de aprendizaje adaptadas a esta modalidad de formación.

    ¿Cuántas veces se puede repetir un curso?

    El alumnado se puede matricular en un mismo curso de un ciclo de Formación Profesional un máximo de tres veces.

    ¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?

    a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.

    b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

    c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.

    A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.

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