Grado de Imagen para el Diagnóstico y Medicina Nuclear en Navarra
Estos son los centros de Navarra que imparten los estudios de formación profesional de grado superior de Imagen para el Diagnóstico y Medicina Nuclear. Puedes ampliar información sobre ellos pulsado en el enlace de cada uno de ellos.
Preguntas Frecuentes
¿Qué es un módulo profesional?
Los ciclos de Formación Profesional no se organizan en asignaturas sino en módulos profesionales. Cada curso escolar está compuesto por una serie de módulos, y la superación de todos dará lugar a la obtención del título correspondiente. Los módulos son de duración variable, es decir, no tienen las mismas horas. La superación de un módulo es definitiva, con lo cual, si el alumno no supera todos los módulos necesarios para pasar de curso, sólo tendrá que repetir los módulos que no haya superado.
¿Cómo se califican los estudios de Formación Profesional?
La superación de las enseñanzas requerirá la evaluación positiva en todos los módulos profesionales que las componen. Se consideran positivas las puntuaciones iguales o superiores a cinco puntos.
- La calificación de los módulos profesionales, excepto el de Formación en Centros de Trabajo, será numérica, entre uno y diez, sin decimales.
- El módulo de Formación en Centros de Trabajo se calificará como apto o no apto y no se tendrá en cuenta para calcular la nota media del expediente académico
- La nota final del ciclo formativo será la media aritmética de todos los módulos salvo el de Formación en Centros de Trabajo y se obtiene con dos decimales.
¿Cuál es el periodo máximo que puede permanecer un alumno o una alumna en un ciclo formativo de FPB?
Puede permanecer como máximo cuatro años, dos años por cada curso de FPB.
¿Qué centros de FP están autorizados para ofertar proyectos de Formación Profesional Dual?
Aquellos centros de Formación Profesional , tanto públicos como privados, que habiendo presentado la debida solicitud de autorización, establezcan convenios de colaboración con empresas del sector correspondiente, en tiempo y forma en su Consejería competente en materia de Educación, hayan sido aprobados por las autoridad correspondiente, de acuerdo con lo que determine la normativa autonómica.