Grado de Gestión Forestal y del Medio Natural en Las Palmas

Estos son los centros de Las Palmas que imparten los estudios de formación profesional de grado superior de Gestión Forestal y del Medio Natural. Puedes ampliar información sobre ellos pulsado en el enlace de cada uno de ellos.

  • , CTRA. LOMO BLANCO, 48. Las Palmas
  • Preguntas Frecuentes

    ¿A la hora de hacer un ciclo de grado superior, puede influir haber hecho una determinada modalidad de Bachillerato?

    Para acceder a un ciclo de grado superior no es necesario haber hecho una modalidad de Bachillerato concreta, pero sí que se va a tener en cuenta la modalidad y materias de Bachillerato que haya cursado el alumno a la hora de establecer el orden de preferencia entre los aspirantes al ciclo formativo de que se trate. Esta preferencia es especialmente relevante cuando el número de solicitudes supera el número de plazas ofertadas, puesto que se concederá en primer lugar plaza a los solicitantes que tengan la modalidad de Bachillerato o las materias de Bachillerato asociadas a cada título. En esta página puede consultar las preferencias para cada título de grado superior.

    ¿Un alumno o una alumna que supere un ciclo formativo de FPB puede obtener el Título de ESO?

    Si, siempre y cuando supere la reválida de 4º de la ESO por cualquiera de sus vías.

    ¿Puedo acceder con un grado medio a un grado superior?

    Actualmente si se puede acceder directamente de un grado medio a un grado superior.

    ¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?

    a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.

    b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

    c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.

    A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.

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