Grado de Sonido para Audiovisuales y Espectáculos en Granada
Estos son los centros de Granada que imparten los estudios de formación profesional de grado superior de Sonido para Audiovisuales y Espectáculos. Puedes ampliar información sobre ellos pulsado en el enlace de cada uno de ellos.
Preguntas Frecuentes
¿Cómo se puede acceder a los estudios de Formación Profesional? ¿Qué es la prueba de acceso?
El acceso a los ciclos formativos puede ser directo, cuando se reúnan las condiciones académicas y de edad necesarias según el nivel del ciclo de que se trate o mediante la superación de la prueba de acceso, que tendrá por objeto comprobar que el aspirante tiene los conocimientos y habilidades necesarios para cursar con aprovechamiento los estudios.
¿Qué son los Centros Integrados de Formación Profesional?
Son nuevos centros donde se imparten las enseñanzas de Formación Profesional para la obtención de títulos y certificados de profesionalidad, y además desarrollarán otras funciones como son:
a) Formación para el empleo.
b) Información y orientación a los usuarios, tanto individual como colectivo.
c) Participación en la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas por las personas a través de experiencia laboral y de vías no formales de formación.
d) Desarrollar vínculos con el sistema productivo, ya sea local, sectorial o comarcal, para la formación del profesorado y de los alumnos.
¿A qué le da acceso un título de FPB?
Las personas que superen un ciclo formativo de FPB tienen acceso directo a un ciclo formativo de grado medio, con preferencia para las diferentes familias profesionales de acuerdo con la especialidad.
¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?
a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.
b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.
c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.
A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.