Grado de Integración Social en Granada

Estos son los centros de Granada que imparten los estudios de formación profesional de grado superior de Integración Social. Puedes ampliar información sobre ellos pulsado en el enlace de cada uno de ellos.

  • , Muladies, 1-3. Granada
  • , Virgen Blanca, 25. Granada
  • , Gran Capitán, 14. Granada
  • , Maracena, s/n. Granada
  • , Cuesta Escoriaza, 8-A. Granada
  • , Padre Villoslada, 2. Granada
  • , Ojos del Salado, 8. Granada
  • , Torre de los Picos, 2. Granada
  • , Cañaveral, s/n. Granada
  • , de Andalucia, 115. Granada
  • Preguntas Frecuentes

    ¿Qué ocurre con aquel alumnado que vaya a repetir el primer curso de PCE o un PCP?

    Este alumnado tendrá prioridad para cursar un 1º de ciclo formativo de FPB, siempre que reúna las condiciones de edad. Recibirá una certificación de los módulos aprobados del PCE/PCP.

    ¿Qué pasa si no se supera un ciclo de Formación Profesional completo?

    Aquellos alumnos que no superen en su totalidad las enseñanzas de cada uno de los ciclos formativos recibirán un certificado académico de los módulos superados, que tendrá efectos de acreditación parcial acumulable de las competencias profesionales adquiridas en relación con el Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional.

    ¿Se oferta la modalidad en todos los ciclos formativos de todo el territorio nacional?

    La implantación de esta modalidad depende, como en toda la oferta educativa, de cada Comunidad Autónoma. Es decir, que la decisión de qué, cuándo, dónde y en qué modalidad se imparten los ciclos formativos de Formación Profesional, es competencia de las Comunidades Autónomas.

    Ha de tener en cuenta que la publicación de un título de FP no implica su inmediata implantación en todo el territorio nacional ni por tanto la oferta de la modalidad de FP Dual, es recomendable que acceda a la web de la Consejería de Educación de su interés para conocer la oferta formativa en cada curso académico.

    ¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?

    a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.

    b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

    c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.

    A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.

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