Grado de Secretariado en Gipuzkoa

Estos son los centros de Gipuzkoa que imparten los estudios de formación profesional de grado superior de Secretariado. Puedes ampliar informació nsobre ellos pulsado en el enlace de cada uno de ellos.

  • ALDAKO, CALLE ELKANO, 13. BAJO.. Gipuzkoa
  • IKASI- CENTRO DE EDUCACIÓNSECUNDARIA, C.B., AMILLAGA, 10, 1º. Gipuzkoa
  • STANLEY, CRA.DE HONDARRIBIA, 15 -BARRIO MENDELU-. Gipuzkoa
  • UROLALDE S.L., JUAN XXIII AUZUNEA, 16. Gipuzkoa
  • Preguntas Frecuentes

    ¿Cuáles son las ventajas más destacables de la Formación Profesional Dual para los alumnos?

    • Mejorar la adquisición, tanto en el centro educativo como en la empresa, de conocimientos, destrezas y habilidades técnicas así como las competencias y habilidades interpersonales. Siendo para los alumnos el punto fuerte del proyecto la posibilidad de compaginar sus estudios con el comienzo de su trayectoria profesional.
    • Favorecer la adaptación de los estudiantes a los ámbitos profesionales y a los sectores estratégicos empresariales en nuestro país, permitiéndoles experimentar más horas en las empresas
    • Potenciar la autorrealización profesional y motivación en el alumnado, lo que le facilitará construir su propio proyecto profesional. El alumno en alternancia asume, desde el inicio, una posición de análisis crítico de su actividad, comparándola y contrastándola con el referencial competencial y así mismo debe permitirle establecer objetivos individuales de formación y de trabajo.

    ¿Qué requisitos de acceso necesito para poder estudiar un ciclo superior de Formación Profesional?

    PARA CURSAR UN CICLO FORMATIVO DE GRADO SUPERIOR SE NECESITA:

    • Estar en posesión del Título de Bachiller, o de un certificado acreditativo de haber superado todas las materias del Bachillerato
    • Haber superado el segundo curso de cualquier modalidad de Bachillerato experimental.
    • Estar en posesión de un Título de Técnico (Formación Profesional de Grado Medio)*.

    *Siempre que la demanda de plazas en ciclos formativos de grado superior supere la oferta, las Administraciones educativas podrán establecer procedimientos de admisión al centro docente, de acuerdo con las condiciones que el Gobierno determine reglamentariamente.

    • Estar en posesión de un Título de Técnico Superior, Técnico Especialista o equivalente a efectos académicos.
    • Haber superado el Curso de Orientación Universitaria (COU).
    • Estar en posesión de cualquier Titulación Universitaria o equivalente.
    • Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior (se requiere tener al menos 19 años en el año que se realiza la prueba o 18 para quienes poseen el título de Técnico).
    • Haber superado la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años

    ¿Qué módulos componen un ciclo de Formación Profesional?

    Los ciclos formativos incluyen como mínimo los siguientes módulos profesionales:

    1. Módulos asociados a unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, donde el alumno adquirirá los conocimientos necesarios para el ejercicio cualificado de la profesión que ha elegido.
    2. Módulo de Formación y Orientación Laboral, para que el alumno conozca cuáles son las oportunidades de aprendizaje, de empleo, la organización del trabajo, relaciones con la empresa, legislación laboral y sus derechos y obligaciones laborales.
    3. Módulo de empresa e iniciativa emprendedora, en el que se recibirá la formación necesaria para conocer los mecanismos de creación y gestión básica de las empresas y el autoempleo.
    4. Módulo de proyecto, sólo para ciclos formativos de grado superior, tendrá por objeto la integración de las diversas capacidades y conocimientos del currículo de todos los módulos del ciclo formativo.
    5. Módulo de Formación en Centros de Trabajo, que explicamos a continuación.

    ¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?

    a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.

    b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

    c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.

    A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.

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